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» Corrientesaldia
Fecha: 26/10/2025 22:36
Este domingo 26 de octubre, millones de argentinos participaron de las elecciones legislativas 2025, en las que se renovarán 127 bancas de Diputados y 24 de Senadores del Congreso Nacional. Sin embargo, muchos ciudadanos se preguntan qué ocurre si no concurrieron a votar, cuáles son las sanciones previstas y quiénes están exentos del deber cívico. En la Argentina, el sufragio es universal, secreto y obligatorio, según establece la Constitución Nacional y el Código Electoral. Por lo tanto, deben votar todos los ciudadanos de 18 a 70 años que figuren en el padrón electoral. El voto, en cambio, es optativo para los jóvenes de 16 y 17 años, así como para los mayores de 70, quienes pueden decidir libremente si participan o no en los comicios. En los comicios de este año, además, debutó la Boleta Única de Papel (BUP), una modalidad que busca garantizar igualdad de condiciones entre las fuerzas políticas y reducir los costos del proceso electoral. Quiénes están exceptuados de votar El artículo 12 del Código Electoral Nacional contempla varios casos en los que los ciudadanos pueden quedar exentos de la obligación de sufragar, siempre que justifiquen su situación: Jueces y funcionarios judiciales que deban mantener sus oficinas abiertas durante la jornada electoral. que deban mantener sus oficinas abiertas durante la jornada electoral. Personas a más de 500 kilómetros del lugar de votación , siempre que obtengan un certificado en la comisaría más cercana y lo suban luego al sitio web de la Cámara Nacional Electoral. , siempre que obtengan un certificado en la comisaría más cercana y lo suban luego al sitio web de la Cámara Nacional Electoral. Enfermos o imposibilitados por fuerza mayor , con certificado médico que respalde la situación. , con certificado médico que respalde la situación. Trabajadores de servicios públicos esenciales, que por razones laborales no puedan concurrir durante el desarrollo del comicio. Qué pasa si no voto Aquellos que no puedan votar y cuenten con un justificativo válido deben presentar una certificación policial o médica ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los 60 días posteriores a la elección. En cambio, quienes no justifiquen su ausencia, quedarán incorporados al Registro de Infractores al deber de votar, recibirán una multa económica y no podrán ser designados para cargos o empleos públicos durante tres años. Además, quienes no abonen la sanción no podrán realizar trámites ante organismos del Estado —nacionales, provinciales o municipales— durante un año, como la renovación del DNI, pasaporte o registro de conducir. De cuánto es la multa por no votar El artículo 125 del Código Electoral establece que la multa por no votar oscila entre los $50 y $500, dependiendo del caso. Sin embargo, los montos no fueron actualizados y en la práctica el Estado no suele intimar a los infractores para el pago. A pesar de las sanciones previstas, se registran casos de personas que figuran como morosas en el Registro Público de Infractores, pero que pudieron realizar trámites o incluso ocupar cargos públicos sin impedimentos. Los electores pueden verificar si figuran en el Registro de Infractores ingresando a www.electoral.gob.ar o al sitio de la Cámara Nacional Electoral (CNE). Allí también pueden presentar sus justificativos de manera online, evitando sanciones.
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