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Parana » El Once Digital
Fecha: 26/10/2025 20:30
Tras el cierre de la votación en las elecciones legislativas 2025 y la veda electoral sigue rigiendo para todo el país. La misma establece una serie de prohibiciones que incluso se extienden tras el cierre de urnas. Hasta qué hora. Veda: hasta qué hora rige y cuándo se podrá comprar alcohol. Aunque los argentinos ya emitieron su voto este domingo 26 de octubre en las elecciones legislativas 2025, la veda electoral sigue rigiendo en todo el país. Se trata de un conjunto de restricciones establecidas por el Código Nacional Electoral (CNE) que deben respetarse incluso después de finalizada la jornada de votación. Votó el 73% del padrón electoral en Entre Ríos, según la Justicia Electoral Votó el 66% del padrón en el país: baja participación en el debut de la BUP y expectativa por los resultados El objetivo de esta medida es garantizar la transparencia y serenidad del proceso electoral, evitando influencias indebidas sobre los votantes y preservando el orden público. La veda comenzó el viernes 24 de octubre a las 8:00 y se extenderá hasta las 21:00 del domingo 26, es decir, tres horas después del cierre de las urnas, que se produjo a las 18:00. Qué prohíbe la veda electoral según el Código Nacional Electoral El artículo 71 del CNE establece un conjunto de prohibiciones que deben cumplir tanto los candidatos y partidos políticos como los ciudadanos. Entre las principales se destacan: -Realizar actos públicos de campaña o proselitismo electoral. -Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos. -Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales. -Vender bebidas alcohólicas durante un período determinado. -Realizar espectáculos públicos al aire libre o en recintos cerrados, así como cualquier tipo de reunión pública no vinculada al acto electoral. -Portar armas, banderas, distintivos o insignias partidarias. Estas medidas buscan evitar disturbios o incidentes que puedan afectar la normalidad de la jornada cívica y su posterior escrutinio. Cuándo vuelve a estar permitida la venta de alcohol Una de las restricciones más consultadas por los ciudadanos es la referida a la venta de bebidas alcohólicas. Según la normativa, esta prohibición comenzó el sábado 25 de octubre a las 20:00 y se mantendrá vigente hasta las 21:00 del domingo 26, tres horas después del cierre de la votación. A partir de ese horario, los comercios, bares y restaurantes podrán reanudar la venta y consumo de bebidas alcohólicas, una vez finalizado el período de restricción. Cualquier infracción a esta disposición puede derivar en sanciones económicas o administrativas para los establecimientos que incumplan la norma. Propósito de la veda electoral La Justicia Nacional Electoral dispone la veda con el fin de garantizar un clima de reflexión y respeto ciudadano previo y posterior a los comicios. Este período busca que los electores lleguen a las urnas sin presiones externas, especialmente en los días más cercanos al sufragio, y que el cierre del proceso se desarrolle sin conflictos ni manifestaciones partidarias. Además, la veda se extiende a las plataformas digitales y redes sociales, donde también rigen las restricciones de difusión de propaganda política, encuestas y mensajes proselitistas durante el período establecido. Elecciones legislativas 2025: contexto del proceso Durante esta jornada, los argentinos participaron en la renovación parcial del Congreso Nacional, eligiendo 127 diputados y 24 senadores. El proceso, supervisado por la Cámara Nacional Electoral, se desarrolló con el debut de la Boleta Única de Papel, un nuevo formato que busca simplificar el voto y reducir irregularidades. Con el cierre de los comicios a las 18:00, comenzó el escrutinio provisorio, que brinda los primeros resultados oficiales aunque sin validez legal definitiva. Mientras tanto, la veda electoral permanece en vigor, impidiendo cualquier celebración partidaria o concentración pública relacionada con la elección hasta las 21:00. Sanciones por incumplimiento El Código Nacional Electoral prevé sanciones para quienes infrinjan las disposiciones de la veda. Entre ellas se contemplan multas económicas para locales comerciales que vendan bebidas alcohólicas dentro del horario prohibido, así como sanciones para partidos o candidatos que realicen actos proselitistas durante el período restringido. Asimismo, los ciudadanos que porten armas o símbolos partidarios durante la veda pueden ser sancionados por alterar el orden público o violar la normativa electoral. La responsabilidad de hacer cumplir estas disposiciones recae en las fuerzas de seguridad federales y provinciales, coordinadas por la autoridad electoral competente.
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