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  • El Gobierno pone límite a la contratación de personal – Entre Ríos Ahora

    Concordia » Entre Rios Ahora

    Fecha: 22/10/2025 03:22

    El Poder Ejecutivo entrerriano dispuso que “para toda contratación o renovación del vínculo contractual de personal, designación o renovación de suplencias, recategorización, cambio de tramo, reconocimiento de adicionales o aumento de los existentes, y para la designación de funcionarios, autoridades superiores y/o personal fuera de escalafón” se deberá requerir “la autorización previa y expresa del Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda y Finanzas”. La medida alcanza a la Administración central, empresas del Estado, organismos descentralizados y al siguiente listado, a saber: Administradora Tributaria de Entre Ríos; Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda; Dirección Provincial de Vialidad; Ente Provincial Regulador de la Energía de Entre Ríos; Ente Mixto de Turismo; Agencia Administradora de Bienes Inmuebles; Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; Consejo General de Educación; Universidad Autónoma de Entre Ríos; Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia; Comisión Administradora Fondo Especial de Salto Grande; Corporación de Desarrollo de Salto Grande; Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social; Sistema de Crédito de Entre Ríos SA; Compañía Entrerriana de Gas SA; Salud Entre Ríos SE; Energía de Entre Ríos SA; Obra Social de Entre Ríos; Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos; Instituto Portuario Provincial de Entre Ríos y Puertos Autárquicos Diamante, Ibicuy, Concepción del Uruguay y La Paz; Fiscalía de Estado de la Provincia; Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia; Tribunal de Cuentas de la Provincia; La medida está contenida en el decreto Nº 2.817, dictado el lunes 13 del actual y se apoya en la necesidad de “fortalecer los mecanismos de autorización, supervisión y control de las contrataciones y designaciones de personal en el Sector Público Provincial, a fin de contener el gasto y asegurar la sostenibilidad fiscal”. Arguye también “poder atender las obligaciones esenciales del Estado y garantizar la continuidad de las funciones prioritarias de la gestión” y que en ese marco “resulta necesario implementar mecanismos de control y supervisión sobre las contrataciones de personal, su recategorización, cambios de tramo o reconocimiento de adicionales y aumento de los existentes, como así también en las designaciones de los funcionarios, autoridades superiores y/o personal fuera de escalafón, tanto en los organismos de la administración centralizada como en los entes descentralizados del Estado provincial, sus sociedades y empresas, con el objeto de asegurar una administración racional y responsable de los recursos públicos”. También, “para la plena eficacia de tales medidas, las mismas deben extenderse a todos los organismos que integran el Sector Público Provincial, incluyendo la Administración Central, los entes descentralizados, como así también a los órganos autónomos de control, sociedades y empresas del Estado provincial”. E indica que “el Estado provincial constituye una única organización jurídica, y el Gobernador, conforme lo establece el artículo 174° de la Constitución de Entre Ríos, es quien ejerce la jefatura del Estado, encontrándose entonces plenamente habilitado para adoptar las medidas necesarias para asegurar la coordinación, coherencia y sostenibilidad del accionar estatal”. De la Redacción de Entre Ríos Ahora

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