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Colon » El Entre Rios
Fecha: 20/10/2025 06:30
Mediante Resolución 7716/2025, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la “elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto rotulado como: “Aceite de oliva extra virgen artesanal, marca: Olivos Andinos, Elaborado y envasado por: RNPA N° 1200884, RNE N° 12000375, La Rioja, Industria Argentina”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento”.La denuncia derivó en la intervención de los organismos de contralor, quienes concluyeron que el producto es “apócrifo”. En consecuencia, señala la resolución, “por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina”.
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