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Parana » Uno
Fecha: 17/10/2025 07:50
Desde UTA se aseguró que hará valer la el artículo 225 de la Ley de Contrato de Trabajo para preservar el puesto de los choferes y empleados de Buses Paraná Desde UTA se aseguró que hará valer la el artículo 225 de la Ley de Contrato de Trabajo para preservar el puesto de los choferes y empleados de Buses Paraná Integrantes de la Unión Tranviarios Automotor (UTA) Entre Ríos, en conferencia de prensa, aseguraron que a los trabajadores de Buses Paraná los ampara el artículo 225 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) que protege sus empleos y su antigüedad en la empresa. Así desmintieron las declaraciones de un gerente de la nueva empresa concesionaria San José, que se hará cargo del servicio de transporte urbano de Paraná a partir de diciembre, que sugería lo contrario. Es decir que se convocaba a presentar curriculum para cubrir los puestos de trabajo. En este punto se enfatizó que se trata de una ley nacional superior a cualquier ordenanza municipal , que establece que, ante la transferencia o cesión de una concesión, el nuevo adquirente asume todas las obligaciones laborales , incluyendo la continuidad del contrato de trabajo con la misma antigüedad y condiciones preexistentes. Con esto UTA contrarresta la incertidumbre y desinformación generada por la empresa y subraya el desconocimiento de la normativa por parte del gerente y reafirmando la obligación ineludible de tomar a los trabajadores actuales, que incluso tenían prioridad según el pliego de condiciones. "Queremos dejar claro que nosotros vamos a hacer lo imposible para proteger a los trabajadores. Estamos basados en la Ley de Contrato de Trabajo que no permite que ningún trabajador quede sin su puesto de trabajo ni su antigüedad", indicó Juan José Britos, secretario general de UTA Entre Ríos. Nuevos colectivos (2).jpeg Por su parte Alejandro Becic, asesor legal de la UTA, explicó lo que implica el artículo 225 de la Ley de Contrato de Trabajo. "Ante cualquier transferencia de establecimiento, concesión, o cualquier título, es decir por cesión, por fusión, por muerte, por cierre o por lo que sea; el nuevo adquirente tiene las obligaciones laborales que tenía el antiguo concesionario. Esto lo establece puntualmente el artículo 225, en el cual es claro y establece también que el trabajador debe continuar su contrato de trabajo con la misma antigüedad que poseía y las mismas condiciones preexistentes. O sea, no hay absolutamente ningún tipo de duda de la obligación que tiene la empresa de tomar los trabajadores que en la actualidad están prestando servicio". Asimismo recalcó que son erróneas las declaraciones del gerente Hugo Ruíz, de la de la empresa San José: "Me parecen bastante desafortunado porque lo único que ha llevado es intranquilidad a los chóferes y sus familias. Estamos hablando de más de de 200 eh choferes, 200 familias. Además de todo esto, manifestó que los choferes estaban en las mismas condiciones que cualquier otro para postularse para trabajar; cosa que ya está contradiciendo el mismo pliego de condiciones, que establece que los actuales choferes tienen prioridad por sobre cualquier otro postulante. En definitiva, hay un desconocimiento absoluto, no solo de la ordenanza de la concesión, sino que mucho más importante, un desconocimiento absoluto del artículo 225 de la LCT", puntualizó el letrado. Asimismo señaló que, en todos los pliegos de licitaciones que se han llevado adelante por el transporte público de la ciudad de Paraná, estaba incluida la obligación de que el nuevo concesionario debía tomar a los trabajadores preexistentes. "Nosotros no solamente lo presentamos por escrito sino que lo recalcamos en la audiencia pública que se hizo ante el llamado a licitación", puntualizó Becic.
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