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Concordia » Entre Rios Ahora
Fecha: 16/10/2025 15:10
El Poder Ejecutivo reglamentó la elección de representantes docentes en los cuerpos colegiados del Consejo General de Educación (CGE), que deben renovarse antes de fin de 2025: un vocal gremial, la integración del Jurado de Concursos y del Tribunal de Disciplina. De momento esa elección no tiene fecha. La novedad, contenida en el decreto N° 2.831, dictado este miércoles 15 de octubre, incluye una merma en el número de cargos a ocupar por los representanres docentes en el Jurado de Concursos y en el Tribunal de Disciplina, y además que la elección se hará con Boleta Única Papel (BUP). En la última elección para representantes docentes en los órganos colegiados del CGE, realizadas en 2021, se pusieron en juego 18 cargos a cubrir: un vocal gremial en el CGE (y un suplente); 5 vocales para el Tribunal de Calificaciones y Disciplina (y suplentes); y 12 vocales del Jurado de Concursos -titulares y además suplentes- (5 de inicial, primaria y modalidades; 5 de secundaria; y 2 de superior). La nueva reglamentación mantiene la representación de los maestros en la conducción central del CGE, con un vocal gremial y un suplente: actualmente esa función la cumple Susana Cogno, pero la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) ya nonminó como candidato al uruguayense Gustavo Blanc para las elecciones 2025. Mientras, el Jurado de Concursos estará integrado por un presidente y 20 vocales. El presidente y 10 de los 20 vocales serán designados por el CGE; los otros 10 -antes eran 12- en tanto, serán elegidos por la docencia en la misma forma que el vocal que integra el Consejo General de Educación en representación de los docentes». La nueva reglamentación fija también que el CGE «podrá nombrar vocales transitorios en el Jurado de Concursos cuando, por excepcionales razones de necesidad debidamente fundadas, resulte necesario proveer dichos cargos temporalmente». Por otra parte, el Tribunal de Calificaciones y Disciplina estará integrado por un presidente y 8 vocales. El presidente y 4 vocales serán designados por Educación; los otros 4 -antes eran 5- serán elegidos por la docencia en la misma forma que el vocal que integra el CGE. El nuevo sistema prevé que el personal docente elegirá «por voto directo, secreto y obligatorio los siguientes representantes: A) 1 vocal titular para integrar el Consejo General de Educación, y un suplente. B) Para integrar el Jurado de Concursos: 1. Educación Primaria: – 4 vocales titulares.- 4 vocales suplentes. 2. Educación Secundaria: -4 vocales titulares – 4 vocales suplentes. 3. Educación Superior: – 2 vocales titulares. – 2 vocales suplentes. C) Para integrar el Tribunal de Calificaciones y Disciplina: – 4 vocales titulares -4 vocales suplentes. La reglamentación prevé que el Consejo de Educación «convocará a elecciones para elegir a los representantes de los docentes con una antelación de al menos 45 días corridos de la fecha fijada para el inicio del comicio. Las listas de candidatos se propondrán ante el Tribunal Electoral que designará el Consejo General de Educación por Resolución con una antelación de 30 días corridos de la fecha fijada para el día del comicio». Fija también la reglamentación que «el instrumento de votación a utilizar en el comicio será la Boleta Única de Papel (BUP)». Y que en la BUP a utilizar «deberá constar como información mínima indispensable el nombre y número de la lista, la/s categoría/s electoral/es por la/s que compiten, el nivel educativo (para el caso del Jurado de Concursos) y los nombres y apellidos de los integrantes de las listas. Asimismo, el Tribunal Electoral podrá determinar mediante Resolución, las características de la BUP a utilizar de acuerdo a las disposiciones presupuestarias, logísticas y las características propias del proceso electoral». «Los docentes que no votaren -plantea- deberán justificar esa circunstancia ante el superior jerárquico inmediato dentro de los 5 días corridos posteriores a la clausura del acto electoral. Caso contrario, serán pasibles de la sanción de descuento de sus haberes equivalente a un (1) día de labor. Los fondos que por este concepto se recauden serán destinados a solventar el costo de las elecciones y, de resultar excedente, destinado exclusivamente para la capacitación docente». De la Redacción de Entre Ríos Ahora
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