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Caseros » Genesis 24
Fecha: 14/10/2025 15:32
El Ministerio de Salud de Entre Ríos dispuso la sanción de cesantía al agente Néstor Edmundo Barrios, quien se desempeñaba como chofer del hospital Justo José de Urquiza de Federal.La medida se toma al finalizar el sumario administrativo que se le inició por presuntas “Infracciones reiteradas en el cumplimiento de sus tareas o falta grave hacia los superiores, iguales, subordinados o al público” e “Incumplimiento de los deberes” de la ley que rige al empleo público. Las actuaciones se iniciaron a partir de una nota del director del nosocomio, Sergio Andrés Duarte, que adjuntaba una denuncia del 01/10/2019 suscripta por personal de Enfermería. En el sumario, se le imputaba a Barrios haber incurrido en “conductas intimidantes, violencia de género, y acoso hacia las Enfermeras: J.V.R., P.M. del L.G., y G.A.Z.” durante los meses de septiembre y octubre de 2019. Las declaraciones testimoniales de las víctimas resultaron cruciales para la resolución del caso. La enfermera J.V.R. relató una situación ocurrida en la ambulancia cuando volvía de un traslado, expresando que sufrió “hostigamiento y acoso por parte de Barrios”. En el vehículo, el agente le dijo “cosas fuera de lugar, molestando e incomodándola” y tras decirle ella que eran solo compañeros, “la manoteó con fuerza de uno de sus brazos y le dijo ‘vení, dame un beso’, la ambulancia iba en marcha”. La enfermera P. M. L. G. también ratificó su denuncia, indicando que Barrios la hostigaba de forma personal o por red social. Recordó un viaje en la ambulancia, donde “Barrios venía manejando y yo venía de acompañante” y él le decía: “Mostrame tus fotos y me quería agarrar mi celular”. Luego, “me agarra del brazo y es como que me quiere llevar sobre él y yo le dije que me suelte y me senté bien contra la puerta”. La agente agregó que la situación la afectó “muchísimo” y tuvo que “hacer terapia psicológica por un tiempo para intentar superarlo”. Cabe destacar que la licenciada G.A.Z., otra de las denunciantes, solicitó dejar sin efecto la citación como testigo puesto que “el hecho de tener que prestar declaración testimonial sobre lo acontecido, implicaría revivir una situación traumática”, lo que según el sumario “sin dudas evidencia la manera en que la conducta del agente Barrios la afectara”. El decreto finalizador del sumario desestimó los argumentos de la defensa del agente, la cual planteó la falta de testigos. El texto legal es claro al respecto: “Está claro que no puede haber testigos, cuando las enfermeras R. y G. relataron situaciones ocurridas cuando el agente Barrios se desempeñaba como chofer, y en la ruta, volviendo de efectuar traslado de usuarios”. Además, resalta que “la ausencia de testigos en un clásico de este tipo de hechos, por lo que aún en sede penal se le otorga relevancia a la declaración de las víctimas, las que junto a otros indicios, corroboran la ocurrencia de los hechos”. Finalmente, el gobierno concluyó que “los hechos reprochados al agente Barrios han quedado acreditados en el curso de la presente investigación sumarial” y que la conducta del agente encuadra en “falta grave hacia los…iguales…”, resultando “justo y equitativo la aplicación de la máxima sanción” prevista por la ley que rige el empleo público.
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