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Concordia » Despertar Entrerriano
Fecha: 13/10/2025 10:40
La Cámara Federal de Casación Penal desestimó este miércoles una queja presentada por la Defensoría General de la Nación (DGN) y confirmó el rechazo a una medida cautelar que buscaba suspender la aplicación de las resoluciones 1346/2024 y 429/2025 del Ministerio de Seguridad. Con esta decisión, quedaron firmes las normas dictadas por la ministra Patricia Bullrich, que regulan el dinero que perciben los internos por trabajos en prisión y establecen tareas no remuneradas obligatorias. La Resolución 1346/2024 dispuso la “obligatoriedad para todos los internos alojados en el Servicio Penitenciario Federal de participar en las tareas de mantenimiento, limpieza, aseo e higiene de los espacios propios y comunes”. Esas actividades, contempló la normativa, podrán extenderse hasta cinco horas diarias y “no serán remuneradas”. En sus considerandos, el Ministerio afirmó que “la ociosidad de los internos conlleva al aumento ostensible de los índices de violencia y alteraciones al orden, a la vez que resulta funcional a una subcultura carcelaria vinculada al delito”. La Resolución 429/2025 complementó esa disposición y limitó al 5% de la población penitenciaria la posibilidad de acceder a prestaciones personales remuneradas como única ocupación. Ese grupo debe cumplir un mínimo de ocho horas diarias. En efecto, el artículo 1° estableció: “Se podrá asignar la realización de prestaciones personales para labores generales del establecimiento o comisiones como única ocupación al cinco por ciento (5%) de las personas privadas de la libertad (…) que no lleven a cabo actividades con objetivos productivos a los fines de la reinserción social”. El artículo 2° agregó que esas personas “deberán cumplir un mínimo de ocho horas diarias y se les otorgará” el pago correspondiente, sin tomar en cuenta el salario mínimo vital y móvil. Estas normas establecen: Todos los internos deben participar en labores de limpieza y mantenimiento hasta cinco horas diarias, sin pago. Solo el 5% de la población penitenciaria puede acceder a trabajos remunerados como única ocupación, cumpliendo un mínimo de ocho horas diarias, sin considerar el salario mínimo. La Defensoría General de la Nación había presentado recursos alegando violaciones al derecho al trabajo y a la justa remuneración, pero la Casación rechazó la queja, ratificando la legalidad de las medidas. El juez Gustavo Hornos votó en disidencia parcial, proponiendo abrir la queja y analizar el vínculo con el artículo 14 bis de la Constitución, que protege el trabajo y la remuneración justa. Fuente: Infobae – Que Pasa Salta
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