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  • Condenaron a un barra de Belgrano que lo agarraron con un arma en una pelea de hinchas.

    Concordia » Hora Digital

    Fecha: 10/10/2025 16:40

    El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Córdoba condenó a tres años de prisión efectiva a Roque Ramón Alem, integrante de la barra brava de Belgrano de Córdoba, por los delitos de “tenencia ilegal de arma de guerra” y “encubrimiento por receptación de arma con numeración suprimida“, en un expediente que se originó a partir de una pelea de poder entre dos facciones del club cordobés, registrada el 19 de octubre de 2024 en el barrio Alberdi de la capital provincial, momentos antes de un partido contra Platense. De acuerdo a las actuaciones, el conflicto entre barras del mismo equipo fue registrado alrededor de las cuatro de la tarde en pleno espacio público gracias a las cámaras de videovigilancia policial, cuyo sistema de monitoreo detectó en las calles Igualdad y Silvestre Remonda a un hombre de contextura robusta y gorra negra manipulando un arma de fuego y realizando gestos hacia el otro grupo de simpatizantes. La operadora del domo de control dio aviso a las fuerzas de seguridad, que localizaron a Roque Alem, de 43 años, mientras ingresaba a una pensión en la calle Igualdad. En ese domicilio, los efectivos procedieron a su detención inmediata y le secuestraron un revólver calibre .38 Special, marca Taurus, con la numeración limada y apto para el disparo. En los términos que quedaron consignados en el expediente, la operadora civil declaró que “se encontraba a cargo de la cámara base ‘DOMO’ ubicado en la intersección de calle Igualdad esquina Silvestre Remonda de Barrio Alto Alberdi de Córdoba Capital, y el día 19 de octubre de 2024, a las 15:51 horas, divisó una gresca entre masculinos pertenecientes al Club Atlético Belgrano de Córdoba e identificó a un masculino de contextura robusta, de tez morocho y de gran altura que vestía con una gorra de color negro colocada al revés (con la visera para atrás), una musculosa negra con detalles de color celeste y un jean de color azul, que tenía barba tipo candado y que manipulaba un arma de fuego, aparentemente un revólver de caño largo color oscuro, y realizaba ademanes con ella en dirección a la calle La Tablada. Expuso que dio aviso al personal policial a los fines de que se hiciera presente en el sitio y observó que el sujeto se retiraba por calle Igualdad en sentido calle Arturo Orgaz e ingresaba a un domicilio ubicado sobre calle Igualdad. Afirmó que se trataba de una casa tradicional color blanca, con la inscripción del nombre de la calle a la altura del techo (…)“. El arma contenía un proyectil completo y cuatro vainas servidas. Los peritajes de la Sección Balística de la Policía Federal Argentina confirmaron que el revólver había sido disparado, aunque no se pudo determinar la antigüedad de los tiros. El Informe Químico N° 517/2024 estableció que la numeración fue erradicada mediante un proceso de “punteado”, mientras que la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) informó que Alem no se encontraba inscripto como legítimo usuario en ninguna de las categorías previstas por la ley 20.429. La instrucción quedó en manos del fiscal Guillermo González, quien ya investigaba las disputas internas por el liderazgo de la barra de Belgrano entre el “Gitano” Minuet y Roberto Ponce, alias “el loco Tito”. Durante el proceso, Alem negó haber tenido el arma y sostuvo que fue detenido en una vivienda donde se refugió tras los disturbios públicos. Sin embargo, posteriormente reconoció su responsabilidad penal al firmar un acuerdo de juicio abreviado junto con la defensa pública y el Ministerio Público Fiscal, representado en la instancia oral por el fiscal auxiliar Augusto Richter. En ese marco, la calificación inicial -portación ilegal de arma de fuego de uso civil condicional- fue modificada a tenencia ilegal de arma de guerra, por haberse acreditado que el imputado fue detenido dentro de una casa y no en la vía pública. La jueza Carolina Prado, a cargo de la Sala Unipersonal del tribunal, homologó este jueves el acuerdo en una sentencia de doce páginas a la que tuvo acceso Infobae. Allí mencionó los distintos elementos de prueba que la llevaron a tener por acreditado el hecho y la responsabilidad penal del imputado, a quien le impuso tres años de prisión efectiva, accesorias legales y costas. Para graduar esa pena, la magistrada ponderó como agravantes la naturaleza de la conducta, el riesgo para la seguridad pública y el contexto de violencia grupal. Entre las atenuantes, valoró la edad del acusado, su formación en oficios, la falta de antecedentes penales computables y su disposición a colaborar con la justicia. La sentencia también ordenó el decomiso y destrucción del arma, con su remisión correspondiente a la ANMAC. El condenado permanece alojado en el Establecimiento Penitenciario N°1 de Córdoba.

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