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  • La Batalla Judicial de «Fuerza Entre Ríos»: Denuncia por Uso No Autorizado de Imagen en la Campaña Electoral

    Parana » InfoParana

    Fecha: 06/10/2025 19:45

    El espacio político «Fuerza Entre Ríos» ha mantenido un perfil bajo en la arena mediática, pero su actividad en la Justicia Electoral Nacional ha sido intensa. El Dr. Gonzalo García Garro, uno de los apoderados de la fuerza, rompió el silencio en Palabras Cruzadas para detallar la última presentación realizada ante el tribunal: una denuncia por el uso no autorizado de imágenes de candidatos en la propaganda electoral. La Imagen de Adán Bahl en la Mira La denuncia, firmada por el candidato a Senador Nacional, Adán Bahl, se dirige contra la utilización de su imagen sin consentimiento en cartelería de vía pública, específicamente citando una valla publicitaria en la Ruta 11, cerca del acceso a Diamante. El Dr. García Garro explicó que el planteo se basa en la violación de normativas que protegen los derechos personalísimos, incluyendo la Constitución Nacional (Artículo 19) y el Código Civil (Artículos 51, 52 y 53). «Es una utilización de su imagen sin consentimiento y violando la normativa propia de la Constitución Nacional,» afirmó el apoderado. Sin embargo, el objetivo de la presentación va más allá de la protección de la imagen personal. El espacio busca que la Justicia Electoral se expida sobre los límites y causas en el despliegue de la campaña electoral. «Nos interesa la opinión de la justicia electoral… si es el mecanismo o la forma adecuada de llegar a un mensaje a la sociedad que sea propositivo… o si por el contrario debemos entender que esto no son las formas adecuadas, que estamos cayendo quizá en una publicidad electoral engañosa o una competencia electoral desleal», sostuvo García Garro. El letrado enfatizó la necesidad de un debate que gire en torno a la «buena fe electoral» y que sea propositivo para los problemas de los entrerrianos, rechazando prácticas que generan «mayor nivel de confrontación» o «violencia política». Solicitudes y Otras Batallas Legales La presentación busca que la justicia intime a «La Libertad Avanza» (el espacio presuntamente responsable) a desistir del uso de la imagen de Bahl, no solo en la cartelería pública, sino también en cualquier soporte futuro como redes sociales o spots. Adicionalmente, se solicitó el retiro de las vallas y la evaluación por parte del Ministerio Público Fiscal de la posible existencia de un delito. García Garro confirmó que esta no es la única instancia en la que la fuerza ha recurrido a los tribunales. Previamente, el equipo legal debatió la cuestión del nombre de una fuerza que podría prestarse a confusión (Fuerza Patria), una disputa que ya cuenta con sentencia firme de la Cámara Nacional Electoral. Además, se han presentado cuestionamientos específicos por parte del Dr. Cabrera en relación con la violación de la veda electoral (Artículo 64.4 del Código Nacional Electoral), haciendo referencia a «distintos anuncios» que no corresponderían en el contexto actual del proceso. El apoderado concluyó reiterando que la intención de «Fuerza Entre Ríos» era que estos temas se sustanciaran exclusivamente por los carriles judiciales, pero se comprendió la sensibilidad pública del asunto, en parte, a raíz de la atención mediática generada por episodios similares a nivel nacional. A continuación, los puntos clave y detalles adicionales de la presentación ante la Justicia Electoral Nacional: 1. Detalles de la Denuncia por Uso de Imagen Afectado: La denuncia fue firmada por el candidato a Senador Nacional, Adán Bahl. Soporte de la Infracción: La presentación se origina por la aparición de cartelería política en la vía pública, específicamente en un cartel ubicado en la Ruta 11, cerca del acceso a Diamante (en el trayecto desde Victoria). Marco Legal Violentado: La fuerza argumenta que el uso de la imagen de Bahl se hizo sin su consentimiento, violando: La Constitución Nacional (Artículo 19). Tratados internacionales que protegen derechos de índole personalísima. Las disposiciones del Código Civil (Artículos 51, 52 y 53), que garantizan la protección de la imagen de las personas, sin cumplirse las excepciones que habilitarían su uso. 2. El Propósito Más Amplio: Límites de la Campaña García Garro enfatizó que la denuncia no es solo por una cuestión personal, sino una oportunidad para que la Justicia Electoral analice los límites del desarrollo de la campaña electoral. El apoderado cuestionó si este tipo de cartelería se ajusta a la forma adecuada de un debate democrático, señalando que estas prácticas desvían el foco de los problemas reales: «Esto es si es el mecanismo o la forma adecuada de llegar a un mensaje a la sociedad que sea propositivo… o si por el contrario debemos entender que esto no son las formas adecuadas, que estamos cayendo quizá en una publicidad electoral engañosa o una competencia electoral desleal.» El objetivo del espacio es promover que las elecciones se desarrollen con el principio de «buena fe electoral» y que el debate sea «propositivo» para los problemas de los entrerrianos y las entrerrianas. 3. Las Solicitudes Específicas a la Justicia El apoderado detalló las acciones que solicitan a la Justicia Electoral: Intimar el Cese de Uso: Requerir a la fuerza presuntamente responsable (La Libertad Avanza, según el contexto) que desista del uso de la imagen personal de Bahl. Alcance Amplio: El cese del uso debe aplicarse no solo a la cartelería pública, sino también a «distintos lugares o soportes que consecuentes se puedan implementar, como sería replicar este tipo de imágenes en redes sociales, en spots publicitarios, etc.» Retiro y Evaluación Penal: Que se ordene el retiro del material de la vía pública y que, además, se evalúe por parte del Ministerio Público Fiscal «la existencia o no de un posible delito.» 4. Otras Acciones Legales de la Fuerza García Garro confirmó que el espacio ha tenido una intensa actividad en los tribunales en el proceso electoral: Violación de la Veda Electoral: El Dr. Cabrera, otro apoderado, presentó cuestiones específicas sobre la violación del Artículo 64.4 del Código Nacional Electoral (veda), señalando «distintos anuncios» del gobierno que no corresponderían en este contexto. Confusión de Nombre: Anteriormente, se debatió la cuestión del nombre de otra fuerza (Fuerza Patria), una disputa que ya cuenta con una sentencia firme de la Cámara Nacional Electoral.

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