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» Comercio y Justicia
Fecha: 01/10/2025 12:01
La Sala 11ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba resolvió revocar la decisión del juzgado de primera instancia y otorgar a una demanda el trámite de Procedimiento Declarativo Abreviado (PDA), al considerar que el caso encuadra dentro del supuesto previsto en el art. 83 bis, inc. “K”, de la Ley 7987. El actor había solicitado esa instancia en el marco de una acción derivada de un accidente de trabajo, mientras que la magistrada de grado había dispuesto que se siguiera el trámite ordinario. Frente a ello, el trabajador interpuso recurso directo cuestionando el rechazo de la vía procesal elegida. El caso se originó en el reclamo de un empleado de DAM SAS que, mientras colocaba con un compañero una reja de unos 20 kilos en un balcón, sufrió una dolencia abdominal. Fue atendido en el Sanatorio Mayo Privado, donde se le diagnosticó una “hernia inguinal izquierda” que requería cirugía. Sin embargo, la aseguradora rechazó la contingencia y el actor inició el trámite previsto en la Ley 27.348. La Comisión Médica Jurisdiccional (CMJ) dictaminó que se trataba de un accidente laboral, aunque calificó la patología como inculpable y negó la relación de causalidad con el siniestro denunciado. Esta ambigüedad entre el reconocimiento del carácter laboral de la contingencia y la negativa al nexo causal dio lugar a la controversia procesal. El tribunal integrado por Eladia Garnero de Fazio, Patricia Ledesma y Leonardo O. L’Argentiere destacó que el espíritu de la reforma procesal laboral fue imprimir celeridad, concentración y economía procesal a casos de menor complejidad y mayor verosimilitud, precisamente mediante la aplicación del PDA En este sentido, observaron que la jueza de grado cometió un “error interpretativo” al excluir el caso de la vía abreviada, puesto que el inc. “K” del art. 83 bis regula expresamente las demandas derivadas del régimen de riesgos de trabajo en las que la C.M.J. rechaza la contingencia, el hecho generador, la relación causal o la calificación médico-legal. Improcedente
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