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Parana » El Once Digital
Fecha: 30/09/2025 08:33
La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía imputó a la empresa Baxtter Viajes - Express S.R.L por la presunta infracción a los artículos 5 y 8° bis de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, luego de la difusión de un video en el que un grupo de adolescentes egresados y su coordinador de grupo pronunciaran cantos antisemitas. Según se desprende de distintos videos, estudiantes de la Escuela Humanos, alentados por el coordinador de la empresa Baxtter, corearon consignas antisemitas contra alumnos del colegio ORT, lo que implicaría una infracción al artículo 8 bis de la Ley 24.240 que dispone que todo proveedor deberá “garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios” y deberá “abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias”. El Código Civil y Comercial de la Nación prevé, en línea con el artículo 8 bis de la Ley de Defensa del Consumidor, la obligación de garantizar condiciones de atención y trato digno a los consumidores. Al mismo tiempo, establece que la dignidad de la persona debe ser respetada conforme a los criterios generales que surgen de los tratados de Derechos Humanos y que los proveedores deben abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias. La empresa ya fue notificada de la imputación realizada por la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial y tendrá cinco días para realizar su descargo. En caso de ser sancionada, se aplicarían las multas previstas en la Ley de Defensa del Consumidor, de hasta 2100 millones de pesos.
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