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  • Accesibilidad universal en Córdoba: desde la piscina comunitaria al carril bici

    » Diario Cordoba

    Fecha: 28/09/2025 18:51

    La accesibilidad universal es un concepto que va más allá de suprimir barreras arquitectónicas físicas, que aspira a establecer los mecanismos necesarios para que cualquier persona, independientemente de sus capacidades físicas, sensoriales o cognitivas pueda moverse en un entorno de forma autónoma, segura y cómoda. El reto es descomunal. A menudo, no somos conscientes de la cantidad de los obstáculos invisibles que impiden esa accesibilidad universal en los espacios de uso público. No es de extrañar que la nueva ordenanza municipal de accesibilidad universal que prepara el Ayuntamiento de Córdoba, cuya redacción se ha puesto en marcha, incluye un índice interminable de parámetros a tener en cuenta y que deberán marcar las reglas del juego para todos una vez entre en vigor. En ella, se establecerá cómo debe ser desde el transporte público a los parques y jardines, pero también los espacios de uso común de bloques de pisos o viviendas adaptadas. Todos los cambios que introduzca deberán aplicarse según la normativa de aplicación, aunque en la mayoría de los casos, serán de obligado cumplimiento de cara a futuro y no con carácter retroactivo. Urbanización e infraestructurasa En primer lugar, la norma intervendrá en todo lo relativo a urbanización e infraestructuras. Regulará para ello los itinerarios peatonales, fijando el tipo de señalización, los vados peatonales y de vehículos, los pasos de peatones y cruces, la plataforma única, carriles bici, rampas, escaleras, ascensores, isletas de refugio, puentes o pasarelas que puedan contribuir a hacerlos accesibles. También establecerá el marco normativo de las zonas de estancia, es decir, áreas de descanso, parques y zonas ajardinadas, juegos infantiles y cardiosaludables. El texto fijará el camino a seguir en los elementos de urbanización, en cuanto al tipo de pavimento, pavimento podotáctil, pavimento de las zonas históricas, pilonas y bolardos, barandillas, pasamanos y vegetación. Ciclistas en el carril bici de La Ribera. / Chencho Martínez Patrimonio histórico cultural En una ciudad como Córdoba, la ordenanza recoge un capítulo específicio dedicado al patrimonio histórico cultural, en el que se contempla la necesidad de regular todo lo relativo a la accesibilidad a estos espacios y el personal y recursos que deben tener los centros culturales, exposiciones y edificios históricos para garantizar que sean accesibles a cualquier persona. Mobiliario urbano El mobiliario urbano deberá ajustarse a una serie de parámetros en cuanto a ubicación y diseño, al igual que los contenedores de recogida de residuos, cabinas de aseo público y cambiadores, bancos, fuentes, papelerasa, buzones, semáforos, paradas de bus y taxi o máquinase expendedoras y cajeros automáticos, que tendrán que cumplir determinados requisitos para que sean de uso universal. Inicio de los trabajos para la instalación de plataforma única en la avenida de la Viñuela / Manuel Murillo Obras en la vía pública Para que la accesibilidad sea total, pocas cosas pueden quedar al azar. También en lo relativo a obras, instalaciones e intervenciones en la vía pública. Por eso, la ordenanza establecerá las normas a seguir en cuanto a zanjas y pavimentación, andamios, ocupación ocasional de las aceras y construcciones para actividades temporal en la vía pública, entre otros elementos. Edificios, equipamientos y viviendas Los edificios, equipamientos y viviendas también se verán afectados por esta nueva norma. En primer lugar, en lo relativo a los elementos e instalaciones en edificios de uso público, tanto en espacios exteriores e interiores, en zonas y elementos de urbanización privativos, huecos de paso, vestíbulos, ascensores, escaleras, escaleras mecánicas, rampas, aseos, en piscinas, garages... En todos esos lugares, se establecerá la iluminación, material pictográfico y otros requisitos necesarios para garantizar su accesibilidad. La ordenanza intervendrá además en el ámbito más privado en cuanto a las viviendas, fijando cómo deben ser los espacios de uso comunitario, las instalaciones complementarias, las zonas de estacionamiento de vehículos, rampas, escaleras o accesos desde el exterior y a las distintas plantas. Del mismo modo, se describirá cómo debe ser una vivienda adaptada y qué reserva de este tipo debe hacerse en las nuevas construcciones. La ordenanza se refiere igualmente a la rehabilitación y actuaciones de mejora en edificios y las que se ejecuten en la vía pública para mejorar la accesibilidad de los edificios. Transporte: bus, taxi y otros El transporte tiene su propio apartado y habla de cómo debe ser la atención al público, de los perros guía, de sistemas pictográficos y escritos o cómo actuar en situaciones de emergencia o en caso de alguna incidencia en el servicio. En este capítulo alude al transporte público en bus, a sus tipos de paradas, sistemas de embarque o de expedición de títulos de viaje o plazas reservadas, y de los taxis, pero también de los vehículos de alquiler, bicicletas y vehículos de movilidad personal, y de los espacios de aparcamiento. Información y comunicación Un último título se detiene en todo lo que tiene que ver con la información y comunicación, en alusión a la atención en las dependencias municipales, información en la vía pública, publicaciones e impresos, información digital, obligaciones de concesionarios y contratistas y normas y reservas en el empleo público municipal. Asimismo, recoge la necesidad de crear un Consejo Local de Atención a la Discapacidad y Patologías Minoritarias.

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