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  • Gobierno confirma eliminación temporal de retenciones a granos con límite de US$7000 millones

    Parana » Informe Digital

    Fecha: 22/09/2025 11:28

    En medio de la incertidumbre económica y política, el Gobierno ha eliminado las retenciones y ha fijado la alícuota en 0% para productos agrícolas. Esta medida, establecida por el decreto 682/2025, publicado hoy en el Boletín Oficial, presenta una doble condición: un plazo estricto y un tope financiero. En detalle, el beneficio temporal para estas mercaderías se extenderá “hasta el 31 de octubre de 2025, inclusive” o “hasta la finalización del día en que se alcance la suma de registraciones de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) por un importe equivalente a US$7000 millones, lo que ocurra primero”. La nueva reducción a cero se aplica específicamente a “las mercaderías de granos y subproductos detalladas en el anexo del presente decreto”. Los exportadores deberán “liquidar al menos el 90% de las divisas”. Este plazo de liquidación debe comprenderse “entre la entrada en vigencia de la presente medida y hasta tres días hábiles de efectuada la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) correspondiente”. En caso de no cumplir con los plazos o condiciones establecidos, el exportador deberá “tributarse la alícuota del derecho de exportación que corresponda a la posición arancelaria de que se trate, vigente el día anterior al de la entrada en vigor de la presente medida”, según manifestó Augusto Famulari. El incumplimiento de estas disposiciones, señalaron, “dará lugar a la obligación de integrar el derecho de exportación que debiera haberse abonado, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder”. Hasta que se integre la totalidad del derecho de exportación adeudado, “el exportador no podrá volver a hacer uso del beneficio dispuesto en el artículo 1° de la presente norma”. El tratamiento arancelario con alícuota cero será de aplicación efectiva para quienes presenten las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) o bien oficialicen el permiso de embarque, “desde la entrada en vigencia del presente decreto y hasta la fecha límite”. La normativa, firmada por el presidente Javier Milei y el ministro de Economía, Luis Andrés Caputo, busca “continuar creando condiciones favorables para la producción y el comercio exterior a fin de fortalecer la estabilidad macroeconómica y potenciar el desarrollo del sector productivo en cada región del país”. El decreto recuerda que el Gobierno ya había implementado reducciones previas de DEX mediante los decretos 697/24, 38/25, 439/25 y 526/25. Anteriormente, se había establecido en 0% los DEX “para las economías regionales, productos lácteos, porcinos, entre otras mercaderías”. Estas acciones previas estaban orientadas a seguir “promoviendo así el agregado de valor, el desarrollo exportador y la competitividad de cadenas productivas estratégicas para el país”. Los resultados de esas medidas, según el decreto, fueron tangibles: “Durante el año 2024, los volúmenes exportados de productos agroindustriales se incrementaron en un 56% y los valores, en un 26%”. En este contexto, afirmaron que el sector agroindustrial “constituye una de las principales fuentes de generación de divisas, de desarrollo regional y de empleo”, generando exportaciones por aproximadamente US$48.000 millones anuales, donde “las cadenas de granos [representan] el 50% de ese valor”. El crecimiento en las ventas al exterior se mantuvo en 2025. “Durante los primeros siete meses del año 2025, las exportaciones continuaron su tendencia creciente. El volumen se incrementó en un 6% y el valor exportado, en un 1%”, sostuvieron. En esa línea, aseguraron que entre los complejos exportadores que más crecieron en lo que va de 2025 se destaca “el caso del complejo trigo con un incremento del 31%”. Otros incrementos notables incluyen “25% de girasol, un 6% en el aceite de soja y un 3% en el maíz”. El Gobierno indicó que “los DEX constituyen un impuesto distorsivo que, en la medida en que el camino al que se ha comprometido esta gestión en términos de ordenamiento fiscal lo permita, deben ser reducidos hasta que puedan ser eliminados en su totalidad”. El objetivo central de la medida es “dotar de una mayor competitividad a uno de los sectores productivos más dinámicos y relevantes del país, alineando las políticas con los principios de la libertad y una mayor apertura del comercio que impulsen el crecimiento de las cadenas de valor agroindustriales”. La normativa instruye al Banco Central de la República Argentina, a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía, y a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero a dictar “las normas aclaratorias, complementarias y operativas necesarias para la efectiva aplicación” del decreto.

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