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Parana » Informe Digital
Fecha: 20/09/2025 00:21
Un jurado popular de Nogoyá declaró a María Elena Irusta culpable de su participación en el asesinato de la docente Beatriz Fernández, de 62 años, ocurrido en abril de 2024 en su vivienda ubicada en la Ruta 12, en la zona de Villa 3 de Febrero. Irusta fue considerada culpable de homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas, actuando como coautora. El juez técnico del caso, Javier Cadenas, vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, informó que en los próximos días se establecerá el monto de la pena. Durante la investigación, se determinó que el crimen fue perpetrado por tres individuos: Hugo del Luján Bonadeo, esposo de la víctima; Gustavo “Murdoc” Quinodoz e Irusta. Sin embargo, solo los dos primeros admitieron su participación en un juicio abreviado en agosto, ante el juez de Gualeguay, Dante Tortul, y aceptaron una pena de prisión perpetua. La sentencia contra Irusta fue dictada tras la exposición de una serie de testimonios clave, destacándose el de “Murdoc” Quinodoz. Este último, quien se confesó autor del crimen, relató cómo fue contactado por Irusta para llevar a cabo la acción que terminó en tragedia. Durante su testimonio, expresó su profundo arrepentimiento y afirmó visiblemente conmovido: “Yo no nací para matar. El peor error de mi vida fue quitarle la vida a una persona”, según reprodujo el portal Del Éxodo Nogoyá. Quinodoz también reveló que, a pesar de haberle prometido una suma considerable de dinero por su acción, solo recibió 50 mil pesos. Tras su declaración, clamó por justicia para Fernández y enfatizó su deseo de que se conozca toda la verdad, un testimonio que resultó crucial en el proceso. El juicio, que se llevó a cabo esta semana, estuvo marcado por la intensidad de los testimonios y la confrontación de versiones disímiles. Mientras Quinodoz detallaba la implicación de Irusta, esta última amplió su declaración el jueves, desmintiendo algunas conclusiones de los peritajes psicológicos realizados sobre ella y asegurando que no había estado involucrada en la planificación del crimen. En un breve careo con Quinodoz, la tensión en la sala fue palpable, aunque no se aportaron nuevos elementos que pudieran modificar el rumbo del caso. El Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal Maite Burruchaga, sostuvo que Irusta había ejercido como “jefa de la banda” y la principal orquestadora del crimen. Según la fiscal, la motivación detrás de este acto fue de orden económico, relacionado con las tensiones surgidas por los compromisos que Bonadeo había adquirido con Fernández. La fiscalía argumentó que la declaración de Quinodoz coincidía con las demás pruebas recopiladas, fortaleciendo la acusación de que Irusta poseía la capacidad de liderar y planificar el delito. En contraposición, la defensa de Irusta, liderada por el abogado Augusto Lafferriere, solicitó su absolución. Según el letrado, no existían pruebas suficientes que demostraran que Irusta había sido la organizadora del crimen, señalando que la autoría material fue asumida únicamente por Quinodoz. Además, argumentó que no se había comprobado la presencia de Irusta en el lugar de los hechos ni su participación directa en el acontecimiento.
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