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Parana » APF
Fecha: 18/09/2025 19:31
La posibilidad surgió de la decisión de la jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones, Carolina Castagno, que entendió que las decisiones atacadas por las defensas son recurribles por vía casatoria puesto que pueden interpretarse como resoluciones asimilables a una sentencia definitiva. Se trata de exclusiones probatorias, nulidad de la remisión a juicio y de la acusación, subsanación de defectos de la acusación, sobreseimientos que fueron introducidos en la remisión de la causa a juicio. jueves 18 de septiembre de 2025 | 19:22hs. La jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Carolina Castagno, dispuso este jueves “conceder los recursos de casacion interpuestos por Emilio y Germán Fouces, defensores de Sergio Cardoso, Jorge Fabián Lázaro y José Javier Schneider; Iván Vernengo y Damián Petenatti, defensores de Alfredo Bilbao; Tomás Virgala, defensor de Ariel Faure; José Velázquez y Agustín Fontana, defensores de Flavia Beckman y Hugo Mena; Miguel Ángel Cullen, defensor de Gustavo Pérez, Alejandro Almada, Juan Pablo Aguilera, Hernán Javier Díaz, Marta Aurora Pérez, Maximiliano Degani y Pedro Opromola y codefensor de Jorge Enrique De Breuil; y por éste último con asistencia de Pablo Hawlena Gianotti, contra la resolución dictada por esta Vocalía, del 5 de septiembre…”. Tuvo por presente la Reserva de Caso Federal efectuada. Se trata de una resolución que habilitó a las defensas a recurrir ante la Cámara de Casación la resolución de la propia Castagno que el 5 de septiembre, si bien acogió “en forma parcial la crítica formulada por los recurrentes a la redacción del hecho imputado ceñido a las diferencias que se advierten en las imputaciones formuladas a los encauzados respecto a la cantidad de contratistas debiendo la Fiscalía en consecuencia proceder a unificar dicha cantidad en las imputaciones y a los casos que no corresponde a precisarlo e incorporar el anexo que se hace en referencia a la intimación al requerimiento de revisión a juicio en el plazo de 5 días conforme a lo dispuesto en el artículo 405 párrafo 4 del Código Procesal Penal” y revocó la desestimación del pedido de cambio de calificación legal, punto 30, rechazó numerosos planteos. Castagno expresó que “resulta incuestionable que las decisiones atacadas constituyen resoluciones objetivamente recurribles por vía casatoria…, pues resulta factible interpretar que se tratan de resoluciones de las que, excepcionalmente, pueden ser asimiladas por sus peculiares efectos a una sentencia definitiva, al lesionar o restringir derechos fundamentales de imposible reparación ulterior durante el trámite del proceso”. Tras detallar los pedidos y sus planteos, la vocal expresó que “sentado ello, teniendo en cuenta la naturaleza de las distintas decisiones motivo de impugnación, vinculadas a exclusiones probatorias, nulidad del requerimiento de remisión a juicio, nulidad de acusación, pedidos de subsanación de defectos de la acusación; amén de pedidos de sobreseimiento instados en consecuencia; cuyos planteos fueron introducidos en la etapa procesal oportuna, en la última oportunidad legal para hacerlo…”. Castagno precisó que las impuganciones se plantearon porque las defensas entendieron que adolecen “a entender de los impugnantes - de vicios invalidantes, determinantes de vulneración de garantías constitucionales y convencionales de los imputados, tales como la defensa en juicio y debido proceso, habilitan la vía recursiva intentada, en virtud de la índole de los agravios traídos a estudio, que adquieren el carácter de irreparable, y consecuentemente la resolución que lo causa su condición de impugnable; existiendo una relación directa e inmediata entre dichos agravios constitucionales y convencionales y el pronunciamiento impugnado”. (APFDigital)
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