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  • Las billeteras virtuales retengan Ingresos Brutos en provincia de Buenos Aires

    Basavilbaso » Riel FM

    Fecha: 09/09/2025 11:38

    Desde octubre, acreditaciones en apps como Mercado Pago estarán alcanzadas por el nuevo régimen de recaudación. La medida busca equiparar el tratamiento fiscal de cuentas digitales y bancarias. La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) oficializó la implementación de un nuevo esquema que permitirá descontar automáticamente el impuesto a los Ingresos Brutos cuando se registren depósitos en billeteras virtuales como Mercado Pago y otras aplicaciones similares. La medida fue establecida a través de la Resolución Normativa 25/2025, que adhiere al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), aprobado por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral. Con esta decisión, los Proveedores de Servicios de Pago (PSPOCP) que ofrecen cuentas digitales quedarán obligados a actuar como agentes de recaudación, tal como ya sucede con las entidades financieras tradicionales. Quedarán alcanzadas todas las cuentas de pago a nombre de personas físicas o jurídicas que tributen Ingresos Brutos en la provincia, incluso las que pertenezcan a contribuyentes del Convenio Multilateral. La normativa establece que la recaudación se aplicará sobre montos acreditados en pesos, en monedas extranjeras (excepto dólares estadounidenses), en valores o instrumentos de poder adquisitivo equivalentes a la moneda de curso legal. Sin embargo, habrá exclusiones: jubilaciones, pensiones, remuneraciones, exportaciones, intereses de plazos fijos, rescates de fondos comunes de inversión, devoluciones de impuestos y planes sociales quedarán fuera del alcance del régimen. Los proveedores deberán presentar declaraciones juradas periódicas con el detalle de lo recaudado e ingresar los montos retenidos en pesos, aunque hayan sido percibidos en otra moneda. El cronograma prevé que el régimen entre en vigencia el 1° de octubre de 2025 para los prestadores ya designados en otras jurisdicciones y que figuren en el listado oficial de la Comisión Arbitral, mientras que para el resto de los proveedores la obligación regirá a partir del 1° de noviembre. Desde ARBA justificaron la medida asegurando que el objetivo es “equiparar el tratamiento fiscal de las billeteras virtuales con el de las cuentas bancarias”, reforzar la recaudación y ampliar los mecanismos de control sobre las operaciones digitales en territorio bonaerense.

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