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Fecha: 05/09/2025 19:42
Causa de microtráfico en Barranquitas: recuperaron la libertad los 3 detenidos pertenecientes a una misma familia Por Redacción Rafaela Noticias En una audiencia realizada este jueves en los Tribunales de Rafaela, el juez penal Gustavo Javier Bumaguin resolvió rechazar el pedido de prisión preventiva solicitado por la Fiscalía y dispuso medidas alternativas para los tres imputados en una causa por infracción a la Ley 23.737 (ley de estupefacientes). Se trata de Héctor Ricardo Chaves, Luis Alberto Chaves y Leonardo Mijael Chaves, quienes habían sido detenidos tras un procedimiento de la Policía Federal en una vivienda ubicada en calle Tucumán al 1500 el sábado pasado. La audiencia se llevó a cabo en la Sala 2 de la Oficina de Gestión de Judicial (OGJ) con la participación de la fiscal María Cecilia Doro, los defensores oficiales Juan Manuel Lovaiza y Darío Schurrer, y el propio magistrado Bumaguin. La postura de la Fiscalía La fiscal Doro abrió la audiencia solicitando la prisión preventiva de los tres imputados. Fundamentó su pedido en base a los artículos 220 y 223 del Código Procesal Penal, argumentando que la investigación se inició el 9 de mayo a partir de una denuncia anónima y que desde entonces se realizaron diversas tareas de inteligencia que permitieron individualizar maniobras compatibles con la comercialización de estupefacientes. Se presentaron informes, fotografías y una filmación donde se observa el ingreso de personas a la vivienda. Además, en el allanamiento se secuestraron envoltorios de nylon con cocaína, marihuana, dos réplicas de armas y otros elementos vinculados a la causa. La Fiscalía remarcó que en la subdivisión N° 5 del inmueble se encontró una puerta con reja y un candado de gran tamaño, detrás de la cual había dosis de cocaína listas para su comercialización. La fiscal destacó que uno de los imputados, Luis Alberto Chaves, posee una condena reciente, lo que impediría el otorgamiento de una eventual condicional. También sostuvo que los riesgos procesales eran altos, principalmente por la posibilidad de fuga y el entorpecimiento probatorio, dado que los imputados residen en una zona donde podrían recibir ayuda externa para evadir a la Justicia. El rechazo de la defensa Los defensores oficiales, Darío Schurrer y Juan Manuel Lovaiza, se opusieron a la prisión preventiva. Schurrer argumentó que la Fiscalía no logró acreditar en esta etapa procesal la responsabilidad penal de sus defendidos, ya que el inmueble allanado es un lugar donde conviven alrededor de 26 personas, muchas de ellas en situación de calle. Por esa razón, consideró imposible atribuir la droga secuestrada a los tres imputados. Además, sostuvo que no se hallaron elementos típicamente vinculados al comercio de estupefacientes, como balanzas o anotaciones de venta, y que las réplicas de armas no constituyen un indicio suficiente para sostener el peligro procesal. También cuestionó que no se pudo individualizar a ninguno de sus defendidos en los alrededores de la vivienda mediante las tareas de investigación previas. Por su parte, Lovaiza remarcó que no existe riesgo de fuga ni de entorpecimiento, ya que los imputados tienen arraigo en Rafaela y siempre vivieron en la ciudad. Señaló que la imputación de la Fiscalía se basaba en supuestos y no en pruebas concretas que permitan vincular directamente a sus defendidos con la droga secuestrada. La resolución del juez Tras escuchar los argumentos, el juez Bumaguin consideró que si bien la Fiscalía acreditó de manera preliminar los requisitos del artículo 221 del Código Procesal, no correspondía dictar la prisión preventiva porque podían aplicarse medidas alternativas para resguardar el proceso. En consecuencia, resolvió imponer restricciones a los tres imputados: Fijar domicilio en calle Tucumán al 1500 de Rafaela, donde fue el allanamiento. Sometimiento al cuidado de un guardador designado. Obligación de presentarse semanalmente ante la autoridad judicial. Prohibición de tener, poseer, portar o transportar armas de cualquier tipo y calibre. Prohibición de tener, portar o comercializar estupefacientes. Prohibición de acercamiento y contacto con los testigos civiles que intervinieron en el procedimiento. De esta manera, tanto Héctor Ricardo Chaves, como Luis Alberto Chaves y Leonardo Mijael Chaves quedaron en libertad bajo estas condiciones, pero advertidos de que un incumplimiento podría derivar en un nuevo planteo de prisión preventiva por parte de la Fiscalía.
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