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» Elterritorio
Fecha: 27/08/2025 20:53
Un informe técnico-jurídico recomienda revisar la autorización realizada por Nación, porque se incrementa la probabilidad de colisiones frontales y laterales en todo el país. Recuerdan que se debe limitar su circulación, como hasta ahora, solo en corredores viales definidos miércoles 27 de agosto de 2025 | 18:03hs. La libre circulación de bitrenes en toda la red vial de la Argentina se estableció “sin estudios técnicos del ente competente que avalen la capacidad de la red vial nacional para soportar bitrenes de 30,25 metros”. Por tal razón, se recomienda “revisar la Resolución 1196/2025”, al advertir que con la circulación de estos grandes vehículos “se incrementa la probabilidad de colisiones frontales y laterales, especialmente en rutas de calzada simple”. Todo lo anterior fue planteado por la Comisión Directiva Nacional de la Asociación Gremial de Profesionales y Personal Superior de Vialidad Nacional. En el informe técnico-jurídico al que accedió el diario El Territorio, se detalla el impacto de la Resolución 1196/2025 sobre la circulación de bitrenes en la red vial nacional. Se recuerda que se dispuso la libre circulación de unidades de gran porte “bajo el argumento de que esta medida permitirá optimizar los costos logísticos, multiplicar la capacidad de carga y dinamizar el proceso de reactivación económica”. Advierten que la Resolución 1196/2025 no solo se dictó sin estudios técnicos del ente competente, sino que “resulta contraria a la Constitución Nacional (arts. 14 bis y 42), a la Ley 24.449 (arts. 1, 28 y 29) y a los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina en materia de seguridad vial”. En sus conclusiones, se plantea que “la Resolución 1196/25 modifica la Ley 24.445, que establece que la circulación de dichos vehículos se limitará a corredores viales definidos, garantizando la seguridad vial de todos aquellos que transiten por ellos mediante medidas extra de seguridad y precaución”. En el estudio se observa que “la incorporación generalizada de bitrenes traslada a la sociedad los costos de infraestructura y de siniestralidad, en beneficio exclusivo de un sector transportista”. Por eso, se recomienda “revisar la Resolución 1196/2025, limitando la circulación de bitrenes a corredores previamente evaluados”. Del mismo modo, exigen “estudios de impacto técnico, ambiental y de seguridad antes de habilitar nuevos tramos” y sugieren “destinar un fondo específico, proveniente del ahorro logístico empresarial, para financiar el mantenimiento vial y programas de seguridad vial”. Qué son los bitrenes Los bitrenes son configuraciones de transporte conformadas por camiones con dos semirremolques articulados, con una longitud entre paragolpes extremos de hasta 30,25 metros y un peso bruto de hasta 75 toneladas, lo que disminuye la cantidad de viajes necesarios para el traslado de cargas. “Si bien esta disposición supone un beneficio económico para un sector transportista, genera graves consecuencias en materia de infraestructura, seguridad vial y costos sociales, que deben ser analizadas en el marco normativo vigente”, plantea el informe técnico-jurídico. Se recuerda que la Constitución Nacional, en su Art. 14 bis, garantiza condiciones dignas y equitativas de labor, lo que incluye el deber de prevenir riesgos en las actividades de transporte; protege, además, el derecho de los usuarios y consumidores a la seguridad en los servicios. La Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial establece que el tránsito debe desarrollarse en condiciones seguras para personas y bienes. Impacto en la infraestructura vial El estudio indica que el tránsito de bitrenes incrementa la carga transportada por unidad en circulación, aumentando el Peso Bruto Total Combinado (PBTC). Al elevar las cargas dinámicas, se pone en riesgo la estructura vial, principalmente puentes y alcantarillas. “Implica mayores costos de construcción, reparación y mantenimiento, que recaen en el Estado y, por ende, en la sociedad. El ahorro para algunas empresas transportistas se convierte, en los hechos, en un subsidio indirecto financiado con recursos públicos”. En seguridad El informe añade que la mayor longitud y peso de los bitrenes reduce la maniobrabilidad y los tiempos de respuesta en situaciones de emergencia, aumentando la probabilidad de colisiones frontales y laterales, especialmente en rutas de calzada simple. Se advierte además que “el diseño geométrico de las rutas nacionales no fue concebido para vehículos de 30,25 m, ni contemplado en el dictado de la Resolución 1196/2025”. Antes de la resolución cuestionada, “los bitrenes de 30,25 m (configuración N°29) estaban autorizados únicamente en la autopista Rosario–Córdoba, y con restricción horaria para reducir riesgos en horas pico (entre las 22 y 7 horas) en el tramo CABA-Zárate. Los bitrenes de hasta 25,5 m (configuración N°28), tras estudios de Vialidad Nacional y la Agencia Nacional de Seguridad Vial, se encontraban habilitados en aproximadamente 15.000 km de la red nacional, sobre un total de 41.000 km”.
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