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» La Capital
Fecha: 25/08/2025 17:31
El proyecto establece sanciones máximas de más de medio millón de pesos. También contempla la clausura de boliches y otros locales nocturnos Conseguir agua potable en medio un evento masivo puede ser difìcil, caro o ambas cosas a la vez. El problema no se da sólo en festivales o grandes conciertos, también puede ocurrir en boliches. Dada la situación, el Concejo empezó a estudiar un proyecto para aplicar multas cuando no se garantice el acceso gratuito del público . La propuesta consiste en modificar un artículo del Código de Convivencia Ciudadana que contempla sanciones económicas de 518.625 pesos para ciertas faltas . El cambio responde a otra reforma normativa posterior, ya que el año pasado entró en vigencia una nueva ordenanza sobre la habilitación de locales nocturnos, espectáculos y actividades artísticas o de entretenimiento. Entre los casos a resolver con este ajuste legal, el concejal Leonardo Caruana se refirió a la obligación de colocar puestos de hidratación para organizar eventos masivos, una medidad que a menudo resulta insuficiente. Luego, recordó que en esas ocasiones " se agota el agua disponible en baños y se comercializa agua embotellada a valores exorbitantes ", sin alternativas dentro de los lugares elegidos. El edil del Frente Amplio por la Soberanía (FAS) concluyó que hace falta reforzar los controles de las actividades en locales habilitados de acuerdo a la ordenanza 10.636 , sancionada en 2024 y reglamentada mediante un decreto municipal. De hecho, uno de los artículos aprobados en el Palacio Vasallo establece que cualquier establecimiento con licencia no sólo debe garantizar el acceso al agua sino también priorizar su expendio . La normativa actual establece multas para los locales gastronómicos si no cumplen con la oferta a sus comensales en la cartilla del menú. También está contemplado el caso de los establecimientos con afluencia masiva de público si se interrumpe de forma ocasional o permanente el suministro en los baños. >> Leer más: Reforma de la constitución: el derecho al agua y a la preservación de humedales obtuvo dictamen Frente al panorama actual, Caruana pretende que se definan sanciones expresas a fin de preservar la salud de las personas. La iniciativa quedó en manos de la comisión de Gobierno del Concejo Municipal de Rosario para evaluar si es preciso avanzar en ese sentido. ¿Dónde es obligatorio servir agua gratis en Rosario? Desde fines de 2015, la ordenanza 9.465 indica que los establecimientos gastronómicos, bares y restaurantes deben poner a disposición de manera gratuita una jarra de agua potable para los consumidores. En ese momento, la Municipalidad definió multas dentro del Código de Faltas que fue derogado el año pasado. La normativa actual establece sanciones económicas entre 75 a 375 unidades fijas (UF) por incumplimientos en la información sobre mercaderías, productos o servicios. Entre ellas se cuenta la obligación de anunciar que cada persona tiene un mínimo de 375 centímetros cúbicos a su disposición. De acuerdo a las tarifas publicadas en agosto por la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV), esto representa un mínimo de $ 103.725 por la infracción. En lo que respecta a los establecimientos con afluencia masiva, el Código de Convivencia es más severo. El artículo 214 habilita la clausura hasta 90 días y una multa máxima de 5.255.400 pesos (3.800 UF) si se corta el suministro de agua. La reincidencia puede derivar en el cierre por el doble de tiempo y un nuevo pago. El proyecto de Caruana apunta a establecer una regulación idéntica a la referida al derecho a los sanitarios libres, reconocido en la ordenanza 9.875 desde 2018. En este caso cabe recordar que los organismos o empresas úblicas, así como las empresas privadas de servicios públicos, deben permitir el uso libre y gratuito de los baños.
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