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Fecha: 22/08/2025 15:40
Cada viernes, el periodista e investigador Hernán Lascano comparte su análisis en profundidad sobre temas policiales o judiciales. En esta ocasión se centró en los debates dentro de la Convención Reformadora de la Constitución de Santa Fe, específicamente en lo que respecta a la organización de la Justicia. La etapa de dictamen de las comisiones temáticas concluyó y ahora comienza la tarea de la Comisión Redactora, que será la encargada de definir cómo quedará plasmada la nueva Constitución provincial. La sesión reciente abordó cuestiones clave relacionadas con el Poder Judicial y los órganos de investigación del delito en Santa Fe. Las preguntas giraron en torno a temas sensibles: ¿Cómo funcionará el Poder Judicial? ¿Qué representación tendrá la Corte Suprema, máximo órgano del Poder Judicial? ¿Cuál será la ubicación de las fiscalías? ¿Cómo se designarán fiscales, defensores y jueces? ¿Qué mecanismos se aplicarán para remover a funcionarios por mal desempeño o inconducta? Aunque parecen debates técnicos, en el fondo se trata de una disputa real de poder. Las tensiones se dieron incluso dentro de la coalición oficialista, particularmente entre radicales y socialistas. El socialismo cuestionaba al radicalismo liderado por Maximiliano Pullaro, al que atribuía la intención de otorgar una influencia excesiva al Ejecutivo por sobre el Ministerio Público de la Acusación. Finalmente, las partes cedieron en algunos puntos y lograron un acuerdo que permitió la emisión de un dictamen común. Sin embargo, quedó claro que el Ejecutivo seguirá conservando una cuota significativa de discrecionalidad en la designación y remoción de fiscales y jueces. Uno de los cambios más importantes alcanzados en el consenso es que ya no coincidirán los mandatos del Gobernador y del Fiscal general. Se buscó evitar que el Ejecutivo impusiera su propia política de persecución penal a través de un fiscal general designado y cesado junto al mandatario de turno. Este fue un punto clave en las negociaciones para garantizar cierto nivel de autonomía en el Ministerio Público. Otro aspecto relevante de la reforma se refiere a la composición y permanencia de los ministros de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. La nueva Constitución establecerá: una integración de siete ministros, criterios de paridad de género y representación territorial, límite de edad de 75 años para el ejercicio del cargo, sin posibilidad de renovación y un máximo de 20 años de permanencia en el cargo, aun si el ministro no ha alcanzado los 75 años. Este cambio afecta a ministros actualmente en funciones que ya superaron la edad establecida, como Eduardo Spuler, Rafael Gutiérrez y Roberto Falistoco. También impactará en nuevos nombramientos, como el de Margarita Zavalza, quien, pese a no superar los 75 años, deberá dejar el cargo al cumplirse dos décadas de ejercicio. Un punto sensible en la discusión es el mecanismo de designación del fiscal general y del defensor general. Actualmente, estos cargos no se concursan: son designados directamente por el gobernador, como sucede con los ministros de la Corte. Esto genera dudas sobre la independencia de los funcionarios, especialmente si deben investigar al propio mandatario o a figuras cercanas al poder político. Para equilibrar esta relación, se contempla la creación de un Consejo de la Magistratura, que se encargará de seleccionar y remover jueces, fiscales y defensores. No obstante, el diseño del órgano aún genera debates: de sus siete miembros, cuatro serán legisladores, lo que mantiene la preeminencia del estamento político. En el pasado, los fiscales eran investigados únicamente por la Legislatura, lo que otorgaba a la política un control absoluto. Lascano recordó el caso de 2016, cuando cinco senadores fueron denunciados por enriquecimiento ilícito. La Legislatura bloqueó el avance del proceso, y el fiscal que investigaba el manejo de subsidios fue apartado tras ser denunciado en ese mismo ámbito. El nuevo esquema busca evitar estas situaciones y generar un equilibrio que impida que la política se coloque por encima del control judicial. Finalmente otro aspecto relevante de la reforma constitucional es la exclusión de los ministros de la Corte Suprema del tribunal de enjuiciamiento de jueces. Hasta ahora, la presencia de la Corte en ese organismo generaba un fuerte condicionamiento, ya que en la práctica ningún juez provincial había sido condenado en Santa Fe. Como recordó Hernán Lascano, los magistrados provinciales parecían “impolutos”, y aquellos que llegaban a instancias de juicio eran finalmente absueltos gracias a la intervención de la Corte. La eliminación de ese poder dentro del tribunal se interpreta como un avance significativo hacia una mayor independencia y eficacia en los procesos disciplinarios.
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