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  • La Justicia declaró nulo el veto de Javier Milei a la ley de emergencia en discapacidad

    Parana » APF

    Fecha: 18/08/2025 17:30

    Se trata de una decisión ante una presentación de un amparo por parte de damnificados que obliga a una rápida respuesta por parte del Gobierno. El Juzgado Federal de Campana aseguró que el acceso a la salud de niños con discapacidad “debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias”. lunes 18 de agosto de 2025 | 16:29hs. El Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, a cargo del juez Adrián González Charvay, declaró la invalidez del veto presidencial a la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad, en el marco de un amparo presentado por los padres de dos niños de 11 años con Certificado Único de Discapacidad vigente. El planteo judicial apuntaba contra el artículo 3 del Decreto 534/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo había observado totalmente la norma sancionada por el Congreso. Los demandantes reclamaron que se declarara su inconstitucionalidad y que se obligara al Ejecutivo a promulgar la ley, destinada a garantizar y reforzar la protección de personas con discapacidad en todo el país. En el fallo al que tuvo acceso El Cronista, el magistrado tuvo en cuenta la reciente opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, emitida a pedido de la Argentina, que reconoció el derecho autónomo al cuidado y subrayó la responsabilidad de los Estados en la protección de sectores vulnerables, como menores, adultos mayores y personas con discapacidad. "Los objetivos finales perseguidos por la Ley 27.793, destinados a cumplir con las obligaciones constitucionales que pesan sobre el Congreso de la Nación y los estándares convencionales, han sido malogrados por la observación del PEN, que desconoció compromisos asumidos por los tres poderes del Estado argentino", sostuvo González Charvay en la resolución. El juez remarcó que el veto "provoca como resultado directo el deterioro progresivo de servicios y prestaciones de salud" que afectan a un grupo social que requiere especial tutela estatal. En esa línea, subrayó que el fundamento del decreto "no es otra cosa que un caso de clara discriminación hacia personas con discapacidad", al impactar en niños, niñas y adolescentes que atraviesan una situación de doble vulnerabilidad. Con este pronunciamiento, la justicia abre un nuevo capítulo en la disputa entre el Poder Ejecutivo y organizaciones vinculadas a la discapacidad, que desde hace semanas cuestionan la decisión del gobierno de Javier Milei de frenar la entrada en vigencia de la ley. Los fundamentos El juez Adrián González Charvay sostuvo que el veto presidencial a la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad afecta de manera directa los derechos de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad, colocándolos en una situación de doble vulnerabilidad. Señaló que la decisión del Poder Ejecutivo deteriora progresivamente los servicios y prestaciones de salud, incumpliendo las obligaciones constitucionales e internacionales que imponen al Estado un deber reforzado de protección hacia los grupos vulnerables. Además, resaltó que el derecho al cuidado reconocido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos constituye un derecho autónomo que exige al Estado garantizar condiciones que permitan a las familias y a los menores con discapacidad recibir la asistencia necesaria. En ese sentido, remarcó que el veto no solo impide la vigencia de un marco legal de protección, sino que también constituye un acto de discriminación, al desconocer compromisos internacionales asumidos por la Argentina y desproteger a quienes demandan mayor tutela estatal. ¿Qué dice la Ley de Emergencia en Discapacidad que Milei vetó? El proyecto aprobado por el Congreso busca modificar las condiciones para acceder a las pensiones no contributivas. Con este cambio, las personas podrían obtenerlas si tienen el Certificado Único de Discapacidad (CUD), a contramano de las últimas decisiones del Gobierno sobre la cuestión. Según la Oficina de Presupuesto del Congreso, esta medida podría sumar entre 493.000 y 946.000 nuevos beneficiarios. Implicaría un "refuerzo fiscal del 0,22% y 0,42% del PBI", y el plan es financiarlo con una reasignación de partidas presupuestarias. Además, el proyecto propone atar a la inflación los aumentos para los profesionales y darles un bono de $100.000 con el objetivo de compensar lo que perdieron por la inflación. Este incremento se financiaría con fondos de la Superintendencia de Servicios de Salud, el PAMI y el Programa Incluir Salud. El aumento presupuestario que se necesita para esto es apenas del 0,03% del PBI, mientras que para los talleres protegidos, el aumento costaría tan solo un 0,0008%. (APFDigital)

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