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  • ATER dio a conocer el Calendario fiscal e informó que vence la tercera cuota del Inmobiliario Urbano

    Concepcion del Uruguay » La Pirámide

    Fecha: 16/08/2025 19:06

    La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) recordó a los contribuyentes los próximos vencimientos de tributos provinciales que operan en la segunda quincena de agosto. Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones, se recomienda consultar el calendario impositivo actualizado en el sitio web oficial: www.ater.gob.ar Calendario fiscal: vence la tercera cuota del Inmobiliario Urbano Agenda de vencimientos: Impuesto Inmobiliario Urbano (Cuota 3°): Último dígito verificador 0-4: lunes 18 de agosto. Último dígito verificador 5-9: martes 19 de agosto. Impuesto sobre los Ingresos Brutos: Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo): El vencimiento del período agosto es el miércoles 20 de agosto para todas las categorías y terminaciones de CUIT. Régimen General (período julio): Los vencimientos son escalonados según la terminación del CUIT: Terminación 0-1: 18 de agosto. Terminación 2-3: 19 de agosto. Terminación 4-5: 20 de agosto. Terminación 6-7: 21 de agosto. Terminación 8-9: 22 de agosto. Régimen Convenio Multilateral (período julio): Los vencimientos son escalonados según la terminación del CUIT: Terminación 0-2: 18 de agosto. Terminación 3-5: 19 de agosto. Terminación 6-7: 20 de agosto. Terminación 8-9: 21 de agosto. Impuesto al Ejercicio de Profesiones Liberales: para el período de julio, según la terminación del CUIT: Terminación 0-1: 18 de agosto. Terminación 2-3: 19 de agosto. Terminación 4-5: 20 de agosto. Terminación 6-7: 21 de agosto. Terminación 8-9: 22 de agosto. Derecho de Extracción de Minerales y Ley 10.158 (período julio): El vencimiento es el miércoles 20 de agosto para todas las terminaciones de CUIT. Agentes de Retención SIRTAC (período agosto, primera quincena): La presentación es el 25 de agosto y el pago el 26 de agosto. Menos papel, más digital, más fácil ATER recuerda que, a partir de agosto, ya no se imprimen ni distribuyen las boletas en formato papel. La emisión es exclusivamente digital, en el marco del proceso de modernización y digitalización que lleva adelante el Gobierno de Entre Ríos. Esta medida agiliza los procesos, minimiza errores y contribuye a la sustentabilidad ambiental. Por este motivo, se reitera a los contribuyentes la importancia de adherir a la Boleta Digital, un trámite muy simple que puede realizarse en la web institucional: https://www.ater.gob.ar/ater2/adhesionCorreo/AdhesionMail0.asp Una vez completados los pasos correspondientes, las boletas llegan directamente al correo electrónico del contribuyente, lo que constituye la forma más fácil y práctica de estar al día con los vencimientos. Además, las boletas digitales pueden descargarse directamente (o imprimirse) desde la web de ATER: www.ater.gob.ar ¿Qué medios de pago pone ATER a disposición de los contribuyentes? Actualmente ATER ofrece una amplia variedad de opciones de pago, tanto digital como presencial: Pago presencial sin boleta: En sucursales de Entre Ríos Servicios o Plus Pagos Servicios presentando únicamente el DNI, número de partida, dominio o CUIT. Esta opción permite abonar mediante tarjeta de débito, QR de billeteras virtuales, o efectivo. Pago online: A través de Home Banking (Red Link y Banelco) o en PlusPagos.com y/o su app. En la web oficial de ATER, a través del Botón de Pago: www.ater.gob.ar Débito automático: Adhiriendo el impuesto a una cuenta bancaria. Cajeros automáticos: A través de todos los cajeros automáticos habilitados. Asistencia personalizada Para cualquier consulta, ATER ofrece los siguientes canales de atención: Teléfono: 0810-888-2837 (lunes a viernes, de 8 a 13 h). Correo electrónico: consultas@ater.gob.ar. Sitio web: www.ater.gob.ar. Atención presencial: En las oficinas y receptorías de ATER en toda la provincia. (APFDigital)

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