14/08/2025 20:59
14/08/2025 20:57
14/08/2025 20:56
14/08/2025 20:55
14/08/2025 20:54
14/08/2025 20:53
14/08/2025 20:51
14/08/2025 20:51
14/08/2025 20:51
14/08/2025 20:51
» tn24
Fecha: 14/08/2025 17:51
Una jueza federal suspendió los artículos del decreto 493/25 que habilitaban la interrupción del servicio, protegiendo a adultos mayores, niños y personas con discapacidad. La Justicia Federal dictó una medida cautelar que suspende la aplicación del decreto del gobierno libertario que habilitaba el corte de agua potable por falta de pago. La jueza Martina Forns, del juzgado federal de San Martín, consideró “abusivos” los artículos del DNU 493/25 y destacó la necesidad de proteger a los grupos más vulnerables, incluyendo adultos mayores, niños y personas con discapacidad. La acción fue presentada por Unión de Usuarios y Consumidores y Consumidores Libres Coop. Ltda., quienes reclamaban la nulidad de las disposiciones que permitían interrumpir el suministro residencial y comercial. El fallo cita jurisprudencia de la Corte Suprema y tratados internacionales que reconocen el acceso al agua potable como un derecho humano fundamental, vinculándolo directamente con la vida y la salud de las personas. La suspensión se mantendrá hasta que se dicte la sentencia definitiva, garantizando la continuidad del servicio mientras se resuelve la causa.
Ver noticia original