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» Elterritorio
Fecha: 14/08/2025 15:45
Escuelas y entidades bancarias cerradas en la jornada de mañana viernes en el marco de la medida establecida por el Gobierno en el marco de la ley 27.399. En tanto, cada empleador tiene la opción de plegarse o no ¿cuál es la diferencia entre un feriado y un día no laborable? jueves 14 de agosto de 2025 | 11:35hs. Este viernes 15 de agosto será a un fin de semana largo que algunas personas podrán disfrutar. La jornada no es un asueto nacional, sino un día no laborable con fines turísticos; y el domingo 17 se conmemora el feriado por el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín. Es así que surge la duda sobre si se trata de un feriado o no. Mañana viernes no hay dictado de clases y los bancos estarán cerrados, según confirmaron a El Territorio desde La Bancaria, gremio que representa a los trabajadores de las entidades financieras. No obstante, los empleadores de los comercios tienen la opción de plegarse o no. Este día busca fomentar el turismo y el descanso, aunque la asistencia a los lugares de trabajo dependerá de la decisión del empleador. La medida fue establecida por el Gobierno en el marco de la ley 27.399, que faculta al Poder Ejecutivo a fijar hasta tres jornadas no laborables al año, siempre que coincidan con lunes o viernes, con el objetivo de crear fines de semana largos y dinamizar la actividad turística interna. Para este año, el Poder Ejecutivo determinó que el viernes 15 de agosto será un día no laborable. Esto quiere decir que queda a discreción de cada empleador si sus trabajadores se pueden tomar el día o no. Por lo tanto, son pocas las personas que podrán aprovechar el fin de semana largo. Ahora, ¿por qué se eligió esta fecha? Esto se debe a que el 17 de agosto es feriado en la Argentina por el Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín, que este año cae un domingo. Si bien es un asueto trasladable, en esta ocasión no se puede correr de fecha porque cae en un fin de semana. La normativa ya mencionada indica que los feriados nacionales trasladables cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles, serán movidos al día lunes anterior. En tanto, los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente. Sin embargo, no dice nada sobre aquellos asuetos que caen en un fin de semana, por lo cual no se cambia de día. Es así que solo las personas que trabajan los domingos podrán disfrutar del próximo feriado. Diferencia entre feriados nacionales y días no laborables La ley 20.744 o de Contrato de Trabajo precisa en el artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Mientras que en el 182 explica que los días no laborales son optativos para el empleador. En el caso de los feriados nacionales rigen las normas de descanso dominical. Es decir, que, en caso de que el empleado preste sus servicios durante el feriado, deberá cobrar el doble de una jornada habitual. Mientras que en los días no laborales, el empleador tendrá la opción de elegir si se trabaja y, si decide hacerlo, el empleado percibirá su salario simple. En resumen, el feriado nacional deberá abonarse el doble de una jornada habitual, mientras que en un día no laborable su remuneración es como la del salario simple. El calendario completo de feriados nacionales que quedan de 2025 en la Argentina Agosto Viernes 15 de agosto: día no laborable puente Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable) Octubre Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable) Noviembre Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se trasladaría del jueves 20 de noviembre por ser un feriado trasladable) Diciembre Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible) Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)
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