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  • Entre Ríos, Argentina

  • Ordenan desinstalar software ilegal y confirman indemnización a Microsoft

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 14/08/2025 07:34

    La Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, integrada por Guillermo Dante González Zurro y María Isabel Benavente resolvió revocar parcialmente la sentencia de primera instancia al hacer lugar al pedido de Microsoft Corporation para que Matriplast Saciifm y s. desinstale el software ilícitamente utilizado en un plazo de diez días, con verificación por el juzgado en la etapa de ejecución. Asimismo, confirmó el fallo en todo lo demás que fue materia de apelación y puso las costas de segunda instancia a cargo de la demandada. Los magistrados fundamentaron que la desinstalación debía ordenarse para evitar que el infractor continúe beneficiándose de un uso no autorizado tras abonar solo el valor de la licencia, lo que generaría un incentivo perverso contrario a la prevención del ilícito. Destacaron que el pago de la indemnización no equivale a la adquisición de la licencia, sino que es un parámetro para cuantificar el daño, y que la responsabilidad civil debe funcionar como desincentivo económico para conductas ilícitas. En cuanto a la excepción de prescripción planteada por Matriplast, el tribunal sostuvo que el curso de la prescripción comenzó a correr cuando Microsoft tuvo conocimiento efectivo de la infracción, lo que ocurrió con el mandamiento de constatación del 29/10/2021, no siendo suficiente una simple sospecha previa. Por ello, confirmó el rechazo de dicha defensa. Respecto a la responsabilidad, se probó que la demandada no acreditó haber adquirido o pagado las licencias, y que los números de serie eran copias de otro licenciatario, por lo que no podía invocar calidad de consumidora ni licenciataria y su conducta se enmarcaba en responsabilidad extracontractual. Microsoft cuestionó el rechazo de su reclamo por ganancias ilícitas, pero la Cámara reiteró que en el derecho argentino se indemniza el perjuicio sufrido por la víctima y no las utilidades del infractor, fijando como parámetro el valor de la licencia que se hubiera debido pagar. También rechazó el agravio por daño a la imagen y reputación, al no haberse probado tal menoscabo ni ser razonable presumir que una empresa de la magnitud de Microsoft sufra un perjuicio de ese tipo por el uso ilegal de sus productos por terceros. Normas

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