Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Condenan a administradores de una sociedad fallida a pagar el pasivo por gestión negligente

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 11/08/2025 10:55

    El Juzgado Civil y Comercial de 52ª Nominación de la ciudad de Córdoba, a cargo del juez Sergio Gabriel Ruíz, resolvió admitir la acción societaria de responsabilidad contra los administradores de la fallida Maderera 2 de Mayo SRL y condenarlos solidaria e ilimitadamente al pago de los daños y perjuicios sufridos por la sociedad, equivalentes al pasivo falencial y a los gastos generados en el proceso de quiebra, por haberse acreditado la desidia y el desinterés en su gestión. La decisión se tomó en el marco del pedido formulado por la sindicatura, que sostuvo que los administradores incurrieron en responsabilidad por mal desempeño en el cargo. El magistrado señaló que la carga de que los comerciantes tengan libros es una obligación que, en el caso de las sociedades, reposa directamente en cabeza de la administración, conforme la normativa específica que impone la obligación de llevar los libros legalmente exigibles, al día y con respaldos veraces y confiables, realizar anualmente balances del ejercicio, memoria de gestión y someterlos a aprobación de los socios. Se valoró que los administradores condujeron la sociedad sin libros y sin comprobar la utilización de medios magnéticos autorizados a esos fines, lo que constituye una violación al estatuto normativo de la ley de sociedades. El juez destacó que especialmente grave es el no contar con el libro de inventario y balances, lo que no permite siquiera conocer el estado del activo social, evidenciando una absoluta falta de diligencia en su cuidado. No se acreditó ninguna conducta orientada a evitar o superar la insolvencia, ni a impedir la pérdida patrimonial producida. Tampoco existieron comprobantes respaldatorios de los movimientos societarios, a pesar de que el tribunal intimó a los administradores a presentar los libros societarios y contables, copia de todas las declaraciones juradas de IVA desde la inscripción en el impuesto, así como información sobre otros tributos y las actividades declaradas. Puntos

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por