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» Misionesopina
Fecha: 10/08/2025 17:29
El Ministerio de Capital Humano homologó el aumento salarial de junio para los empleados de comercio, incluyendo al pacto para abril, que tampoco estaba siendo aplicado por un gran número de empresas mercantiles, a raíz de la falta de ratificación oficial. Esas compañías ahora deberán pagar la diferencia por lo no pagado desde abril a julio de 2025. Cómo se calcula la diferencia para empleados de comercio Para el pago de la diferencia con los sueldos pagados, las empresas deberán tomar las escalas por categoría que publica FAECYS, el sindicato mercantil para abril hasta junio, y que fueron ratificadas ahora con la homologación del aumento de junio 2025. Sobre las escalas de marzo, el acuerdo de abril significó un aumento no remunerativo del 5,4% calculado sobre las escalas salariales de marzo de 2025, distribuido de la siguiente manera: Abril: un aumento del 1,9% más una suma fija no remunerativa de $35.000. Mayo: un aumento del 1,8% más una suma fija no remunerativa de $40.000. Junio: un aumento del 1,7% más una suma fija no remunerativa de $40.000. Por categoría, los siguientes son los nuevos sueldos que se deberán considerar para calcular la diferencia a pagar a un empleado de comercio por la paritaria de abril a junio para un salario inicial, y luego se brindan las escalas de marzo que se siguieron pagando y con las que se deberá comparar: Abril de 2025 En abril, el empleado de comercio cobra, además del básico, un Incremento No Remunerativo - Acuerdo Junio2024; Incrementos No Remunerativos de Septiembre y Abril 2025, y la Suma no Remunerativa de $35.000, quedando el total como sigue: Administrativo A: $1.008.422 Administrativo B: $1.012.611 Administrativo E: $1.039.817 Administrativo F: $1.055.167 Cajeros A: $1.011.909 Maestranza A: $997.958 Maestranza B: $1.000.746 Vendedores A: $1.011.909 Vendedores B: $1.032.843 Vendedores C: $1.039.817 Vendedores D: $1.055.167 Mayo de 2025 En mayo, el Incremento No Remunerativo - Acuerdo Junio 2024 se reduce a 0 para todas las categorías. La Suma Fija No Remunerativa se incrementa a $40.000. Los Incrementos No Remunerativos de Septiembre y Abril 2025, así como el Básico, aumentan sus valores. El salario final queda así: Administrativo A: $1.030.617 Administrativo B: $1.034.880 Administrativo C: $1.039.138 Administrativo: $1.051.919 Administrativo E: $1.062.567 Administrativo F: $1.078.187 Auxiliar especializado B: $1.055.467 Cajeros A: $1.034.165 Cajeros B: $1.039.138 Maestranza A: $1.019.968 Maestranza B: $1.022.805 Personal Auxiliar B: $1.041.266 Personal Auxiliar C: $1.064.697 Vendedores A: $1.034.165 Vendedores B: $1.055.469 Vendedores C: $1.062.567 Vendedores D: $1.078.187 Junio de 2025 En junio, el Incremento No Remunerativo - Acuerdo Septiembre 2024 se reduce, y el de Abril 2025 se reduce aún más. La Suma Fija No Remunerativa se mantiene en $40.000. El Básico continúa aumentando. Administrativo A: $1.036.857 Administrativo D: $1.068.507 Administrativo E: $1.079.330 Administrativo F: $1.095.207 Cajeros B: $1.055.517 Maestranza A: $1.036.033 Maestranza B: $1.038.917 Maestranza C: $1.049.019 Personal Auxiliar B: $1.057.679 Vendedores A: $1.050.463 Vendedores B: $1.072.117 Vendedores D: $1.095.207 Sobre estas categorías, los empleados de comercio cobrarán un retroactivo cuando las empresas no hayan pagado los sueldos según el aumento salarial de abril 2025, el que recién este mes de junio fue homologado como parte del nuevo acuerdo salarial. Con qué salarios de marzo se debe comparar Los sueldos básicos por categoría para los empleados de comercio en marzo de 2025, que se percibieron en abril, fueron los siguientes: Personal de Maestranza Categoría A: $945.003 Categoría B: $947.739 Categoría C: $957.324 Administrativos Categoría A: $955.272 Categoría B: $959.382 Categoría C: $963.488 Categoría D: $975.813 Categoría E: $986.082 Categoría F: $1.001.145 Cajeros Categoría A: $958.694 Categoría B: $963.488 Categoría C: $969.651 Auxiliares Categoría A: $958.694 Categoría B: $965.540 Categoría C: $988.136 Auxiliares Especializados Categoría A: $966.913 Categoría B: $979.235 Vendedores Categoría A: $958.694 Categoría B: $979.238 Categoría C: $986.082 Categoría D: $1.001.145 La diferencia entre estos sueldos que se cobraron en marzo y que luego se siguieron aplicando en muchas empresas, ante la falta de homologación del aumento pactado con el gremio en abril, deberán ser tomados para comparar con las escalas de abril a junio y eso dará la diferencia retroactiva a cobrar por empleados de comercio. Fuente: iprofesional
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