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» Comercio y Justicia
Fecha: 21/07/2025 10:44
Por Evangelina Belén Mollar * Exclusivo para Comercio y Justicia En el marco de los tratamientos de fertilidad asistida, una realidad silenciosa pero creciente genera un profundo debate ético, legal y humano: ¿qué sucede con los embriones que permanecen congelados y que nunca son reclamados por sus progenitores genéticos? Estos embriones, comúnmente denominados “embriones supernumerarios”, son producto de una planificación médica que busca aumentar las chances de éxito en cada ciclo de fertilización. Sin embargo, cuando los objetivos reproductivos se alcanzan o se abandonan, estos embriones quedan en un limbo biológico y jurídico. En países como Argentina, donde la concepción es reconocida legalmente como el inicio de la vida humana, la existencia de embriones congelados plantea interrogantes de gran peso: ¿tienen estos embriones derechos? ¿Puede considerárselos personas? ¿Qué destino es éticamente y legalmente aceptable para ellos? El proceso técnico: supernumerarios En la práctica médica de reproducción asistida es común que se fecunden más óvulos de los que se planea implantar inicialmente. Esto se debe a que los procedimientos son costosos, invasivos y emocionalmente exigentes para los pacientes. De este modo, se busca maximizar las posibilidades de éxito fecundando varios óvulos y conservando los embriones resultantes mediante técnicas de criopreservación. Esta práctica da lugar a que miles de embriones queden almacenados en nitrógeno líquido, a la espera de un destino que muchas veces nunca llega. Algunos serán utilizados en futuros tratamientos; otros, descartados; otros más, ofrecidos para investigación científica o, más recientemente, para adopción embrionaria, una práctica poco común pero emergente, que propone dar una oportunidad de vida a estos embriones. Una alternativa con límites La adopción de embriones consiste en que una pareja o persona acceda a la transferencia de un embrión congelado que no le pertenece genéticamente. Este acto, que se asemeja en lo social y afectivo a una adopción tradicional, plantea importantes desafíos jurídicos: no existe en la legislación argentina una figura específica que regule esta práctica. A falta de una norma clara, se recurre a contratos privados entre las partes y la intervención de clínicas de fertilidad, lo que abre la puerta a situaciones poco transparentes y potencialmente vulneradoras de derechos. Además, el dilema se agrava cuando los embriones no han sido reclamados en años y no hay información de contacto actualizada de los progenitores. ¿Quién decide entonces su destino? ¿Puede el Estado intervenir? ¿Es ético ofrecerlos en adopción sin consentimiento actualizado? Derechos humanos y protección legal El marco normativo argentino establece que la vida humana comienza desde la concepción, tal como lo expresan tanto el Código Civil (artículo 19) como instrumentos internacionales incorporados a la Constitución Nacional, como la Convención sobre los Derechos del Niño. Desde esta perspectiva, los embriones congelados pueden ser considerados personas humanas en estado de vulnerabilidad extrema. En este contexto, surgen varios derechos potencialmente afectados: -El derecho a la vida, puesto en riesgo por los procesos técnicos de congelación y descongelación, que pueden dañar o destruir al embrión. -El derecho al desarrollo, interrumpido indefinidamente por una situación de criopreservación indefinida. -El derecho a la no discriminación, cuando se selecciona arbitrariamente qué embriones serán implantados y cuáles quedarán almacenados. -El derecho a la identidad, especialmente relevante cuando se recurre a gametos de donantes o se plantea la adopción sin un marco legal que resguarde al embrión como sujeto de derechos. El vacío legal y sus consecuencias Pese a los múltiples pronunciamientos judiciales y pedidos expresos de regulación, la legislación argentina sigue sin ofrecer una norma específica que determine el destino de los embriones criopreservados. Las clínicas actúan con amplias facultades, sin controles sistemáticos ni censos públicos. Esto genera una realidad preocupante: miles de embriones se acumulan año a año, sin un destino cierto, sin legislación clara, y con una tutela legal débil. Una experiencia paradigmática fue la decisión del doctor Ricardo Ravinovich Berckman, designado en 2003 como tutor especial de todos los embriones congelados en la Ciudad de Buenos Aires. Esta medida judicial buscó garantizar derechos fundamentales, pero también provocó rechazo en muchos progenitores, quienes vieron vulnerada su autonomía y privacidad. ¿Hacia dónde vamos? La solución no es simple. La criopreservación puede ser, en muchos casos, un medio legítimo de protección de la vida naciente, pero su uso desregulado y la falta de planificación sobre el destino de los embriones no utilizados generan una nueva forma de cosificación: seres humanos reducidos a “material biológico almacenado”. La adopción embrionaria aparece como una alternativa esperanzadora, pero requiere un marco legal sólido, que respete los derechos de todas las partes involucradas, especialmente del embrión. Esta práctica no debe ser tratada como una simple transferencia médica, sino como un acto de profunda implicancia ética, jurídica y afectiva. Conclusión El debate sobre los embriones congelados excede el ámbito médico y nos interpela como sociedad. ¿Cómo proteger a quienes no pueden hablar por sí mismos? ¿Qué obligaciones éticas y legales tenemos hacia ellos? ¿Hasta cuándo podemos postergar una regulación clara? Mientras estos interrogantes siguen abiertos, miles de embriones esperan en silencio, en nitrógeno líquido, a que alguien defina su destino. Es hora de que el derecho, la ética y la ciencia dialoguen con seriedad y responsabilidad para ofrecer respuestas humanas a un desafío profundamente humano. (*) Abogada. Especialista en Bioética. Integrante del comité de Bioética del Incucai (antes, de la SAU y del Hospital Vélez Sarsfield). Directora Regional para Latinoamérica, división Bioethx, Aquas.inc. (Washington DC). Consultora. Qué dijo la Corte el año pasado sobre los embriones En agosto de 2024, la Corte Suprema le pidió al Congreso que legisle en materia de embriones criopreservados. Lo hizo en el marco de la resolución de un recurso de queja que presentaron una Fiscalía y una Defensoría, en una causa que se abrió cuando una pareja solicitó interrumpir la preservación de tres embriones obtenidos mediante técnicas de reproducción humana asistida. La clínica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que tenía en guarda los embriones contestó que solo podría acceder al pedido con autorización judicial porque la cuestión no está legislada. En primera instancia se rechazó el pedido de la pareja. Esa decisión fue apelada y revocada. La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil consideró que, al no haber controversia en cuanto a la decisión de finalizar el contrato con la clínica, era innecesaria la autorización judicial para disponer de los embriones. El fiscal general y la defensora Pública de Menores e Incapaces ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil interpusieron recursos hasta llegar por queja a la Corte. El fiscal general fundamentó su legitimación en el artículo 120 de la Constitución Nacional, que le asigna la función de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad. La máxima instancia no emitió un pronunciamiento al determinar ausencia de controversia que habilitara su jurisdicción. No obstante, aclaró: “No se puede soslayar la trascendencia de la problemática de fondo y la incertidumbre que esta genera en los distintos sujetos que intervienen en las técnicas de reproducción humana asistida con criopreservación de embriones, derivadas principalmente de la falta de regulación en la materia”. Bajo esa premisa, le pidió al Legislativo que “estime la necesidad o conveniencia de hacer uso de sus atribuciones constitucionales para regular específicamente la materia en cuestión”. La Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva (SAMeR) estimó que para 2021 en Argentina había 40.000 embriones congelados en distintos centros del país y que la mitad no tiene destino reproductivo.
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