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Parana » Entreriosya
Fecha: 20/07/2025 12:24
La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación, publicó en el Boletín Oficial la reglamentación que permitirá que se haga efectiva la anunciada ampliación de 38 a 142 piezas recuperables de los automóviles cuando dejan de circular en la vía pública. Esta medida entrará en vigencia el 21 de julio de 2025, y busca fomentar la reutilización segura de partes de vehículos dados de baja, además de mejorar los estándares medioambientales y permitir a particulares y aseguradoras obtener mayor valor en el proceso. La Disposición 545/2025 establece las nuevas pautas para generar la baja de un vehículo al que se le pretende aplicar una recuperación de piezas. Según lo dispuesto, cada desarmadero deberá iniciar el trámite presentando el formulario “04-D”, acompañado de un anexo que detalla las autopartes recuperables. Nueva documentación y procedimiento digital obligatorio La documentación exigida incluirá la descripción del estado y la numeración de fábrica, si la tuviera, de cada parte a recuperar, así como “cinco fotografías del automotor”. Además, “ambos documentos deben estar firmados por sus titulares, aunque ya no se exige la certificación de esas firmas”, lo que simplifica el trámite administrativo. Como paso obligatorio, el desarmadero deberá informar con antelación, mediante su clave de acceso al Registro Único de Desarmaderos (RUDAC), qué piezas serán efectivamente recuperadas. El proceso exige que el desarmadero, mediante su clave en el Registro Único de Desarmaderos (RUDAC), informe previamente y por internet cuáles serán las piezas efectivamente recuperadas. En el caso de las autopartes de seguridad, solo podrán reutilizarse si un ingeniero mecánico con firma certificada acredita su idoneidad y funcionalidad. El reverso del “Certificado de Baja y Desarme” se adaptará al listado de piezas recuperadas; si el espacio no es suficiente, el sistema emitirá una hoja adicional. Quiénes pueden acceder y cómo funciona la operatoria “¿Quiénes pueden llevar su auto a un desarmadero?” La respuesta es clara: usuarios particulares y compañías de seguros. Ambos pueden recurrir a desarmaderos habilitados, los cuales están listados en carva.com.ar, sitio de la Cámara de Recuperadores y Venta de Autopartes. Cuando una aseguradora indemniza a un cliente tras un siniestro con destrucción total, está obligada a llevar el vehículo a un centro autorizado. Allí, se emite el formulario “04-D” y se identifican las piezas recuperables. El Registro Automotor procesa la baja, y el vehículo es cedido al desarmadero, habilitando el pago de la indemnización al titular. El segundo caso contempla a los usuarios particulares, ya sea por un siniestro sin seguro o por tener un auto antiguo. También pueden acudir a un desarmadero, donde se inspecciona el vehículo, se calcula el valor de las partes recuperables y, si hay acuerdo, se inicia el mismo procedimiento con el “04-D”. De 30 a 142 piezas Las piezas recuperables aumentan a 142, abarcando desde componentes menores como alfombras, tapizados o espejos, hasta partes estructurales como guardabarros, techos y zócalos. También se incluyen elementos electrónicos (pantallas, sensores, equipo de audio) y mecánicos (columna de dirección, diferencial, inyectores, etc.). El presidente de CARVA, José Luis Álvarez, celebró el anuncio con entusiasmo: “Hoy es un día para celebrar. Después de años de esfuerzo incansable, de desafiar estructuras aparentemente inamovibles y de perseverar frente a la indiferencia institucional, hemos logrado un hito sin precedentes: la firma de la Disposición Nº 545/2025 por parte de la DNRPA. Este no es solo un triunfo administrativo. Es la materialización de un sueño colectivo. A partir del 21 de julio de 2025, pasaremos de recuperar 30 a 142 piezas por vehículo, un avance que transformará radicalmente nuestra actividad”. Podes comentar y leer comentarios sobre esta noticia mas abajo
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