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  • ¿Son válidas las leyes “opositoras” sancionadas en el Senado? ¿Es “traidora” la Vice? El análisis de Bernardo Salduna

    Colon » El Entre Rios

    Fecha: 14/07/2025 06:30

    Lo ocurrido en el Senado de la Nación el jueves pasado genera algunas preguntas: ¿es válida la sanción de las leyes aprobadas? (aumento jubilaciones, moratoria previsional, asistencia discapacidad; coparticipación impuesto combustibles; reclamo fondos por gobernadores) ¿Se cumplió con la Constitución y los reglamentos parlamentarios? ¿Es traidora la vicepresidenta por dirigir parte de la sesión? Por Bernardo Salduna -Lo primero a dilucidar es si el Congreso, en este caso una de las Cámaras, tiene facultades para “autoconvocarse”: es decir, reunirse sin haber una citación formal de quien ejerce su Presidencia, en el caso, la Sra. Vicepresidenta. -Y la respuesta rotunda y categórica es que sí, lo establece expresamente el artículo 63 de la Constitución, cuando dice que en el período ordinario de sesiones las Cámaras se reunirán “por sí mismas”. -En el período extraordinario, las puede convocar el Poder Ejecutivo, o prorrogar sus sesiones, aunque, algunos juristas, como el ilustre Rafael Bielsa, sostienen que “no se concibe, si un cuerpo parlamentario, representante directo de la soberanía nacional-a juicio nuestro, la más importante de las atribuidas en la constitución –como es la de establecer el Derecho Positivo , pueda prorrogar las sesiones un poder políticamente inferior” (Bielsa Rafael “Derecho Constitucional”, Ed Depalma, B.Aires, 1954, pag.381). -Es cierto que, reglamentariamente, lo común es que, reunida la Comisión de Labor Parlamentaria, (presidente de los bloques y las comisiones intervinientes), sea él o la presidenta del cuerpo la que convoque la sesión. -Pero, si no lo hace, nada impide que la mayoría de legisladores se autoconvoque y lleve a cabo la misma, sobre todo si, ya a principios de año se fijaron los días de sesiones. -Se discute si el cargo de vicepresidente integra uno u otro poder: en general los constitucionalistas se inclinan porque forma parte del Ejecutivo, porque se lo elige junto al Presidente (art. 94 CN), con los mismos requisitos (art. 89); lo reemplaza en caso de ausencia temporaria o definitiva (art. 88); dura el mismo tiempo (4 años art. 90); se les paga de la misma forma y juran de igual manera, arts. 92 y 93. -Pero, a mí no me queda tan claro, porque el/la vicepresidente es también la máxima autoridad legislativa , preside el Senado, y colegisla porque vota en caso de empate (art. 57) (recordar Cobos y su voto “no positivo”). -De cualquier forma, resultaría un absurdo que la eventual reticencia de la Presidenta del Senado a convocar las sesiones impidiese al cuerpo funcionar y cumplir su alto cometido. -Más aún, si se entiende que este funcionario pertenece al Poder Ejecutivo, esto es que un poder, de menor jerarquía, impediría actuar al otro, un escándalo para el sistema republicano. -En lo que hace a los eventuales incumplimientos o incorrecciones respecto a la aplicación del Reglamento de la Cámara, ellas pueden haber existido, pero resultan saneadas por la contundente mayoría que se verificó en las votaciones del cuerpo, en algunos casos por unanimidad. -En última instancia, jurisprudencia reconocida y sentada por la Corte Suprema que la interpretación del Reglamento la hacen los propios legisladores, es decir, es un tema político, no judiciable. (ver causa “Fernández de Kirchner, Cristina en carácter de Presidenta del Honorable Senado de la Nación s/ acción declarativa de certeza” SENTENCIA 24 de Abril de 2020 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Magistrados: Rosenkrantz (en disidencia parcial) - Highton de Nolasco - Maqueda - Lorenzetti - Rosatti (según su voto) Id SAIJ: FA20000018 -La vicepresidenta, no convocó la sesión. Pero, una vez reunido el Cuerpo, con sólida mayoría, ella no podía dejar de reconocer la realidad, y renunciar a su rol institucional y su obligación de presidir, al menos en parte, el desarrollo de la sesión. -Esto, ni desde un punto de vista jurídico ni político, la convierte en desleal o implica traición. -En suma, se avizora -en caso de rechazarse por el Congreso el seguro veto presidencial- muy poca chance a la posibilidad de llevar el tema a la Justicia, con probabilidad de éxito. Porque las leyes sancionadas, no cabe duda, son válidas, desde el punto de vista formal. -Ello no obstante -una de cal y otra de arena- lo aprobado por la Cámara Alta en la sesión del jueves puede ser objetado desde otro ángulo: cuando años ha me tocó ser legislador –diputado- recuerdo que un viejo empleado del Congreso me señaló un principio elemental del sistema parlamentario (y verdad de Perogrullo): “Ud. no puede presentar un proyecto de ley, sin señalar de dónde se han de obtener los recursos para su cumplimiento”. -En este punto nuestra Constitución entrerriana, muy sabiamente, lo prevé en el art. 122 inc. 8 “si los recursos para cumplir las leyes no se incluyeran en la de Presupuesto, se considerarán derogadas, si no tuvieran principio de ejecución y suspendidas, si lo hubiesen tenido”. En la Nación no hay una norma similar, aunque no sería necesario para advertir que leyes como las aprobadas el jueves, notoriamente justicieras en sus objetivos, resultan inocuas si no se prevén los medios para hacerlas efectivas. En esa dirección, hay que reconocer que las eventuales fuentes de financiación que se enuncian en los proyectos aprobados aparecen bastante endebles: además de las dificultades de cobro, según los especialistas, parece que, en el mejor de los casos no alcanza ni al 15% de lo que se necesita. Sin contar con que el art. 10 de la ley de jubilaciones parece afectar a las propias PYMES. ¿Por qué toda esta improvisación y precariedad? Muy simple: falta la Ley de Leyes, desde que la Nación, hace dos años, no cuente con ley de Presupuesto, que establezca con claridad que es lo que se tiene y que no, cuales son las prioridades de gasto y cuales las áreas donde hacer recortes. Los nervios, se ha visto, están crispados en la escena oficial. Pero, nos parece, tendrán que tranquilizarse y buscar las necesarias vías de diálogo para superar el entuerto. Fuente: El Entre Ríos

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