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Parana » Entreriosya
Fecha: 13/07/2025 09:00
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial condenó a la empresa de medicina prepaga Sancor Salud a indemnizar con más de siete millones de pesos a un afiliado que sufrió la pérdida parcial de la visión en un ojo tras no recibir a tiempo la autorización para una cirugía oftalmológica urgente. Según detalla el fallo, el hecho ocurrió en julio de 2022, cuando el paciente se presentó en la guardia del Hospital Oftalmológico Lagleyze por una molestia visual. Posteriormente fue derivado al Centro de Ojos de Buenos Aires (COBA), donde le indicaron que su cobertura solo permitía una consulta anual, ya utilizada. La autorización de la ecografía necesaria llegó un mes después. Una vez evaluado, los especialistas detectaron un desprendimiento de retina que requería una “vitrectomía compleja”. Sin embargo, Sancor Salud negó la cobertura del procedimiento, por lo que el paciente debió reunir fondos y costear de manera particular la intervención, realizada el 5 de septiembre. Dos días después, la prepaga autorizó internación para una “vitrectomía ordinaria”, insuficiente para el cuadro. El damnificado solicitó el reembolso, pero Sancor Salud alegó que el procedimiento no estaba incluido en el Plan Médico Obligatorio (PMO) ni en su convenio con COBA. La Justicia dio por acreditado que el accionar de la empresa perjudicó gravemente la salud del paciente, quien perdió el 18,69% de la visión de su ojo izquierdo. Los jueces señalaron que el derecho a la salud prevalece por sobre cualquier interpretación contractual, y destacaron la ausencia de documentación por parte de la prepaga que justificara su accionar. La sentencia incluye el pago de: $945.000 por gastos médicos abonados, $2.100.000 por daño físico (más intereses), $1.500.000 por daño moral (más intereses), $2.500.000 por daño punitivo. El monto total, con actualización por intereses, podría superar el 400% debido al tiempo transcurrido desde el hecho. La jueza Alejandra Tévez, firmante principal del fallo, sostuvo: “La demandada actuó de forma consciente y deliberada, incumpliendo una obligación a su cargo y alegando razones falsas e injustificadas para ello”. La sentencia fue acompañada por sus colegas Matilde Ballerini y Eduardo Machin, integrantes de la Sala C. Fuente: Clarín Podes comentar y leer comentarios sobre esta noticia mas abajo
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