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Buenos Aires » Infobae
Fecha: 08/07/2025 16:47
Con la nueva normativa, el plazo de 480 días corridos desde el arribo del transporte comenzará a contarse desde el momento en que el contenedor es liberado por la Aduana tras los controles correspondientes (Imagen: Shutterstock) A partir del 25 de julio de 2025, entrará en vigencia una modificación clave para el régimen de admisión temporal de contenedores extranjeros en Argentina. Según lo establecido por la Resolución General 5719/2025, publicada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el plazo de permanencia de estos contenedores se computará desde la fecha de libramiento, y no desde el arribo del medio de transporte como se hacía hasta ahora. La decisión tiene un impacto directo en las operaciones logísticas, aduaneras y de comercio exterior, ya que corrige una asimetría normativa que acortaba artificialmente los plazos disponibles para la utilización de los contenedores. El nuevo criterio se alinea con el Código Aduanero (Ley 22.415) y su decreto reglamentario (Decreto 1001/1982), brindando mayor seguridad jurídica y previsibilidad a los operadores del sector. Qué dice la nueva resolución El cambio modifica el punto 6 del Anexo I de la Resolución 869/1993 de la ex Administración Nacional de Aduanas, que computaba el plazo de 480 días corridos desde el arribo del transporte. Con la nueva normativa, ese mismo período comenzará a contarse desde el momento en que el contenedor es liberado por la Aduana tras los controles correspondientes, lo que se conoce como libramiento. El plazo máximo de permanencia continúa siendo de 480 días corridos improrrogables, pero su cómputo más realista permitirá una mejor planificación operativa y administrativa por parte de las empresas que importan temporalmente bienes o insumos en contenedores. Impacto en la cadena de abastecimiento Para los sectores industriales, comerciales y logísticos que utilizan el régimen de admisión temporal, esta medida representa una mejora en términos de eficiencia y reducción de riesgos. Anteriormente, el cómputo desde el arribo podía implicar que los días de espera en puerto o en zonas de verificación redujeran el plazo de uso efectivo del contenedor, lo que afectaba directamente la rotación de unidades y el cumplimiento de plazos contractuales. La corrección normativa también puede contribuir a disminuir penalidades económicas vinculadas a excedentes de plazo, liberar presión sobre la gestión documental y optimizar los tiempos de tránsito en la cadena de abastecimiento, en especial en contextos donde los bienes permanecen temporalmente en el país como parte de proyectos de inversión, obras o procesos industriales. La unificación de criterios respecto al plazo de permanencia puede ayudar a evitar bloqueos administrativos innecesarios y sumar agilidad en las operaciones del comercio exterior argentino (Foto: Shutterstock) Más claridad para los operadores Desde el punto de vista normativo, el nuevo enfoque ofrece una mayor coherencia entre la legislación aduanera y los procedimientos administrativos. La resolución aclara definitivamente cuál es el momento que marca el inicio del plazo de permanencia, eliminando ambigüedades que podían derivar en interpretaciones dispares entre jurisdicciones aduaneras o conflictos entre operadores y autoridades. Además, se enmarca en una serie de medidas que ARCA viene adoptando para perfeccionar los controles y procedimientos, con el objetivo de facilitar el comercio legítimo y, al mismo tiempo, combatir irregularidades en el ingreso y permanencia de contenedores en el territorio aduanero. Un paso más hacia la facilitación La modificación llega en un momento clave, en el que la logística internacional y la gestión eficiente de los tiempos juegan un rol determinante en la competitividad de las exportaciones e importaciones. La unificación de criterios respecto al plazo de permanencia puede ayudar a evitar bloqueos administrativos innecesarios y sumar agilidad en las operaciones del comercio exterior argentino. El cambio beneficiará especialmente a aquellos actores que planifican sus actividades logísticas en función de proyectos temporales, como importaciones para ferias, montajes industriales, servicios técnicos, operaciones de leasing o tránsito hacia terceros países. La nueva normativa comenzará a regir el 25 de julio de 2025, y se espera que su implementación contribuya a mejorar la articulación entre los distintos eslabones de la cadena logística, reduciendo márgenes de error y fortaleciendo la transparencia y trazabilidad de las operaciones.
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