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Crespo » Paralelo 32
Fecha: 01/07/2025 12:46
El juez de Garantías Nº 8 de Paraná, Pablo Zoff, dictó el procesamiento del exdiputado provincial y titular del gremio UPCN, José Ángel Allende, por los delitos de enriquecimiento ilícito y negociaciones incompatibles con la función pública, en carácter de autor. La decisión judicial también alcanzó a miembros de su entorno familiar directo, señalados como partícipes necesarios en las maniobras investigadas. Fueron procesados su esposa Adriana Guadalupe Satler, su exesposa Diana María Cristina Traverso, y su hijo Julio Alejandro Allende, como partícipes necesarios en ambos delitos. Su hija, Victoria Allende, fue procesada únicamente por su presunta participación en el enriquecimiento ilícito, y sobreseída respecto al cargo de negociaciones incompatibles. Una investigación de 13 años La causa, de notable duración, se originó en abril de 2012 a raíz de una nota publicada por la revista Análisis, titulada “Los negocios del diputado”, que alertaba sobre un posible incremento patrimonial no justificado de Allende, y su presunta vinculación con operaciones incompatibles con su cargo público. La nota fue incorporada como punto de partida en el expediente principal. Primer hecho: enriquecimiento ilícito La acusación sostiene que Allende habría incrementado su patrimonio de forma injustificada durante el período comprendido entre el 1º de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2016, lapso en el que ejerció como legislador en Entre Ríos. El presunto enriquecimiento se estimó en al menos $10.481.385,19 y 64.000 dólares a valores históricos, con gastos adicionales no cuantificados, como el mantenimiento de caballos de carrera y viajes al exterior. El juez Zoff indicó que Allende habría utilizado a su círculo familiar más cercano como personas interpuestas para disimular el crecimiento patrimonial. En esa estrategia participaron, según la resolución judicial, sus hijos, su actual pareja y su exesposa. Entre las pruebas destacadas figura el informe del perito de la fiscalía, Héctor Enrique, quien concluyó que no existen fundamentos suficientes para justificar las erogaciones y adquisiciones del exdiputado. Su análisis fue priorizado por el juez frente al de los peritos de la defensa, al considerar que “permitía un mayor acercamiento a la verdad real del patrimonio”. Se detectaron compras de vehículos de alta gama y campos, así como participación en sociedades como Radio La Voz de Entre Ríos S.A., Haras El Machazo S.A. y Cardinal Grydim S.A., en las que también figuran Julio y Victoria Allende, sin respaldo en sus ingresos declarados. Algunas adquisiciones fueron realizadas incluso cuando Victoria era menor de edad. Segundo hecho: negociaciones incompatibles En este punto, la imputación se centra en el vínculo de Allende y Satler con la Fundación Esperanza, que recibió subsidios no reintegrables por un total de $984.000 entre 2008 y 2011. Durante ese período, Allende se desempeñaba como diputado provincial, mientras que su esposa asumía la presidencia de la fundación. Según Zoff, Allende intervino de forma activa en las gestiones administrativas para obtener los fondos, firmando como funcionario los pedidos y los recibos de subsidios. En algunos casos, los gestionó y rindió él mismo, lo que contraviene su rol como legislador. El juez enfatizó que, aunque los fondos hayan sido utilizados correctamente, ello no elimina la incompatibilidad de funciones al existir un interés directo. El delito en cuestión protege la “imparcialidad y el fiel cumplimiento de la función pública”. Satler fue procesada como partícipe necesaria por su rol en la fundación y su conocimiento de la situación. En tanto, Victoria Allende fue sobreseída en esta acusación, al no encontrarse pruebas directas de su participación en las gestiones de los subsidios, a pesar de figurar como tesorera de la entidad. Intención y embargo Zoff concluyó que todos los imputados actuaron con dolo, es decir, sabiendo que sus acciones eran ilegales y orientadas a obtener un beneficio indebido. Además, impuso un embargo de $4.000.000 para cada procesado como medida precautoria.
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