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Fecha: 01/07/2025 12:16
Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial Nº 11, a cargo de la Dra. Beatriz Esther Cáceres, Juez. Secretaria 11, de esta ciudad, con sede en Calle Güemes 609, CITA Y EMPLAZA por 2 (DOS) días en el Boletín Oficial y en un diario local al demandado GRISMADO SARA MABEL M.I. N° 22.247.444 a fin de que tome intervención en los autos caratulados «SCUFFI, PABLO C/ GRISMADO, SARA MABEL S/ JUICIO EJECUTIVO» Expto, N° 11551/16, bajo apercibimiento de designarse un Defensor de Ausentes para que lo represente. Se hace saber «Resistencia. 04 de octubre de 2016. AUTOS Y VISTOS… CONSIDERANDO… RESUELVO: 1.- LLEVAR ADELANTE la ejecución, contra MABEL SARA GRISMADO, D.N.I N° 22.247,444, hasta hacerse al acreedor integro pago de la suma de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS ($6.600,00) en concepto de capital reclamado, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden. II – PRESUPUESTAR la suma de PESOS UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA ($1.980.00), sujeta a liquidación definitiva, para responder a Intereses y costas del juicio. III.- HACER SABER a la ejecutada que dentro del quinto (5°) día a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando of capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art. 8º de la Ley 6.002, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 6º de la Ley 6002, párrafo primero. IV.- IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (art. 21, L. 6002), V-REGULAR Ios honorarios de la profesional interviniente: GABRIELA VERONICA GARCIA Y MARIANA YAMILE LUQUE ROLON en las sumas de PESOS TRES MIL VEINTICUATRO (53.024.00) y PESOS UN MIL DOSCIENTOS NUEVE ($1.209.00), para cada una, como patrocinantes y apoderadas, t respectivamente, con más I.V.A., si correspondiere (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A., con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina (Ley 26.994)), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifíquese a Caja Forense por Secretaria vía internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. VI.- NOTIFIQUESE en al domicilio real de la ejecutada, de conformidad con el art. 4º del mencionado texto legal y con las formalidades establecidas en el art. 318 del C.P.C.C., el cual deberá ser íntegramente transcripto, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada. VII. REGISTRESE, PROTOCOL CESE. María de los Ángeles Vulekovich. Juez Subrogante Resistencia 23 de ABRIL … 2011. «LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA (180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS» Publicado el día Martes 01 de Julio 10.29 hs. Nº de publicación: 00056
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