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» Diario Cordoba
Fecha: 30/06/2025 15:58
-¿Qué ocurre si una vivienda que se pone de alquiler temporal no está inscrita en este registro? -A partir del 1 de julio, estas viviendas tienen que tener el número único de registro para su comercialización en plataformas, Airbnb o Booking, por ejemplo. Si no lo tienen, no la van a poder comercializar. En Airbnb ya figura el número de los que se han inscrito desde que se abrió el plazo para hacerlo. Hablamos también, incluso, de habitaciones sueltas dentro de una vivienda. La norma se refiere, principalmente, a los alquileres por noches que se comercializan a través de las plataformas que ya hemos citado. Y es que los arrendamientos de temporada están excluidos de la Ley de Arrendamientos Urbanos y hay ciertos requisitos que no se les aplican. -¿Qué ocurre si se pide el registro para una vivienda situada en los distritos Centro o Sur, donde ahora mismo están prohibidas por el Ayuntamiento? -Eso habrá que plantearlo con los pisos que se hayan inscrito a partir de la fecha de activación de esa moratoria a nivel municipal. Los que ya estaban inscritos en el registro antes de la moratoria se supone que no habrá problema, habrá que pronunciarse con los que se hayan inscrito a partir abril, cuando entró en vigor esa moratoria. -¿Tienen en el Registro algún aviso de cómo proceder si llega una petición para estas zonas? -Todo documento que entra en el Registro está sujeto a la calificación independiente del registrador. Hay documentos que se deniegan o que no se admiten. Por ejemplo, para una vivienda de protección oficial tampoco cabe expedir el número. En el caso de locales que se reconvierten en viviendas, por ejemplo, habrá que pedir también la licencia conveniente. Y habrá que tener en cuenta, también, qué ha dicho la comunidad de propietarios en el caso de los pisos que se quieran poner de alquiler turístico. -¿Qué es necesario para obtener el número y cuánto le cuesta al que lo pide? -El coste de la obtención del número son 28 euros o 29 euros. Y se puede solicitar presencialmente, en el Registro de la Propiedad, rellenando una instancia que se puede obtener en la web del Colegio de Registradores que es registradores.org. Ahí se puede presentar la instancia directamente con la firma electrónica y ahí ya vienen los requisitos de pago. Lo que se va a necesitar es el número de finca registral y el código de registro único, que eso pidiendo cualquier nota simple de la finca les va a salir. Nombre y apellido de quien lo solicita, el CSV de la inscripción en el registro administrativo y en caso de que el explotador no sea el titular registral, hará falta la autorización para que pueda solicitarlo la persona explotadora. La instancia se va a tener que rellenar e imprimir en PDF y firmarla cuando se vaya a presentar presencialmente. "El coste de la obtención del número son 28 euros o 29 euros" -Dado que el proceso se activó a principios de año, ¿tiene constancia de que en Córdoba ya haya propietarios que lo hayan solicitado? -Sí, muchos, aunque no son todos los que deberían ser porque para las fechas que son vamos un poquito justos. En Córdoba, según el INE, hay unas 2.500 viviendas de este tipo y se han pedido unas 1.300. En Andalucía se han emitido unos 34.000 y hay más de 82.000 viviendas que deberían pedirlo. -¿Se espera que ahora llegue un buen número dado que va a entrar en vigor? -Ahora ya están llegando muchísimos y es quizá porque no se le ha dado la suficiente publicidad con la importancia que tiene. Además, no va a haber problema en la mayoría de casos, lo único que hay que hacer es presentar la instancia y es rápido, el número sale automáticamente. En el caso de que haya algún defecto, el plazo es de siete días para la subsanación. Francisco Manuel Galán, registrador de la propiedad. / Víctor Castro -¿El número habrá que renovarlo en algún momento? No, salvo que el Legislativo diga otra cosa, ese número ya queda asociado a una finca registral. Es más, ese número de registro único aspira, con el tiempo, a que sea incluso geolocalizado globalmente. Y claro está, luego puede haber, por ejemplo, inspecciones desde la Junta, administración competente en este sentido, que podría revocarlo por incumplimiento. Suscríbete para seguir leyendo
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