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Chajari » Chajari al dia
Fecha: 27/06/2025 18:26
Es un tema de nunca acabar: el tránsito y su relación con los conductores y las condiciones de los rodados. Esto abarca a todo tipo de vehículos y conductores, pero en este caso, nos ocupan los motovehículos. En varias oportunidades, desde CHAJARI AL DIA dimos cuenta de las situaciones que tienen a estos rodados como protagonistas. El tema no sólo se limita a los accidentes, sino también a las infracciones en general, “picadas”, ruidos molestos, etc. Si bien el municipio cuenta con legislación vigente, más allá de la Ley Nacional de Tránsito, la necesidad de unificar las distintas normativas que regulan la problemática, devino en una nueva ordenanza que fue aprobada este jueves por el Concejo Deliberante. La nueva ordenanza municipal plantea qué está prohibido en relación a las motos y conductores. *Se contempla a motocicletas, motos, motonetas, motociclos o cualquier tipo de vehículos de dos ruedas motor, así como cuatriciclos o triciclos. *Están obligados a usar el caso protector colocado tanto el conductor como el acompañante. Prohibiciones *Queda terminantemente prohibido circular de más de a dos personas. *Queda terminantemente prohibido circular sin seguro obligatorio. *Queda terminantemente prohibido colocar caños de escapes no originales, antirreglamentarios o modificados, sin silenciador. *Queda terminantemente prohibido circular y/o detenerse en la vía pública con vehículos sin chapa patente colocada o en mal estado de conservación, o con aditamentos prohibidos o colocados en lugares antirreglamentarios, o placas que no correspondan al vehículo. *También queda prohibido que no tengan espejos reglamentarios. Retención Frente a las infracciones mencionadas con anterioridad, la ordenanza dispone la retención preventiva de los vehículos. También establece el decomiso del elemento prohibido, como puede ser el escape libre y la destrucción del mismo. Las acciones podrán concretarse sobre las motos que estén estacionadas en la vía pública, sin la presencia de sus usuarios o propietarios. Las mismas podrán ser retenidas. Sobre el lugar, los agentes actuantes deberán dejar un cono adhesivo con los datos del lugar hacia donde debe dirigirse el infractor. También en la ordenanza se faculta al Ejecutivo a dictar charlas de concientización vial dirigida a los titulares y / o conductores de moto vehículos infractores.
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