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» Comercio y Justicia
Fecha: 27/06/2025 18:21
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha emitido la resolución general 5716/25-, que modifica las condiciones para la autorización de emisión de comprobantes Clase “A” y establece un nuevo sistema de evaluación de cumplimiento fiscal. La medida busca flexibilizar los requisitos para los contribuyentes y mejorar el servicio, facilitando el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias. Cambios A partir del 27 de junio de 2025, los responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que soliciten por primera vez la autorización para emitir facturas Clase “A” deberán cumplir con nuevas condiciones. Entre ellas, no registrar inconsistencias que deriven en la habilitación de comprobantes Clase “M” y acreditar solvencia patrimonial según los requisitos detallados. Una de las principales novedades es la posibilidad de optar por comprobantes Clase “A” con la leyenda “Operación Sujeta a Retención” para aquellos contribuyentes que, no presentando inconsistencias fiscales, no acrediten las condiciones patrimoniales exigidas para la Clase “A” plena. Sin embargo, no podrán acceder a la Clase “A” ni a la opción con leyenda aquellos que hayan solicitado bajas en el IVA en los 12 meses previos y se encontraran con facturas “M” o inhabilitados. Evaluación preventiva y fiscalización La resolución introduce un nuevo “Título V” que establece un sistema de evaluación de cumplimiento y comportamiento fiscal. Los contribuyentes autorizados a emitir comprobantes de las Clases “A”, “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” y “M” deberán registrar electrónicamente sus operaciones cuatrimestralmente, por medio del “Libro de IVA Digital” o la declaración jurada F. 2051. Con base en esta información, la ARCA determinará si el contribuyente emitirá comprobantes Clase “A” o “M”. Esta evaluación se realizará en febrero, junio y octubre de cada año. Como novedad, ARCA implementará una simulación preventiva de la evaluación cuatrimestral durante los primeros siete días corridos de los meses de febrero, junio y octubre. El resultado de esta simulación será notificado en el domicilio fiscal electrónico del contribuyente, detallando las inconsistencias detectadas para que puedan regularizar su situación antes de la evaluación definitiva. Además, los contribuyentes podrán manifestar su disconformidad con el resultado de la evaluación a través del servicio “Presentaciones Digitales”, en el trámite “Facturas “M” – Disconformidad”. La norma busca optimizar la administración tributaria y brindar herramientas que faciliten el cumplimiento por parte de los contribuyentes.
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