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  • La Justicia suspendió provisoriamente el artículo 2º del DNU 430/25 tras un amparo de ATE

    » Tumisiones

    Fecha: 26/06/2025 20:02

    La medida fue dispuesta en el marco de una acción de amparo presentada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) contra el Poder Ejecutivo Nacional. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 3 de la Ciudad de Buenos Aires resolvió suspender de manera provisional los efectos del artículo 2º del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 430/25. La medida fue dispuesta en el marco de una acción de amparo presentada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) contra el Poder Ejecutivo Nacional. La jueza Moira Fullana, a cargo del expediente, concedió la medida cautelar solicitada por el sindicato y estableció que la suspensión regirá hasta tanto se dicte sentencia definitiva sobre el fondo del asunto. El fallo declara la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para intervenir en la causa y considera formalmente viable el amparo presentado, el cual tramita bajo los términos de la Ley 16.986. La decisión judicial tiene alcance en relación con ATE y los trabajadores representados por dicha entidad gremial. Además, se resolvió diferir la imposición de costas y la regulación de honorarios hasta el dictado del fallo definitivo. La resolución ordena también la notificación urgente, en el mismo día, de la medida adoptada. Si bien el fallo no especifica de forma expresa el contenido del artículo 2º del DNU 430/25, se interpreta que la norma afectaría la conmemoración del Día del Trabajador del Estado, lo que motivó la presentación judicial del gremio. Fuente: C3

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