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» Comercio y Justicia
Fecha: 26/06/2025 03:23
El Ministerio de Economía, mediante la resolución 823/25, anunció una nueva actualización en las tasas de interés aplicables a deudas impositivas y aduaneras, así como a devoluciones y reintegros. La medida, entrará en vigencia el 1° de julio de 2025, tiene por fin adecuar estos valores a las condiciones económicas actuales del país. Según la resolución, la tasa de interés resarcitorio —aplicable a deudas por impuestos y obligaciones aduaneras— se fija en 2,75% mensual. Esta tasa se utiliza en casos de mora en el pago de impuestos y derechos aduaneros, según lo establecido en la Ley N° 11683 y el Código Aduatasa nero. Por su parte, la tasa de interés punitorio, que se aplica a sanciones por incumplimientos más graves, ascenderá a 3,50% mensual. En cuanto a los contribuyentes que esperan devoluciones, reintegros o compensaciones de impuestos, la tasa de interés aplicable será de 0,50% mensual. La resolución aclara que, para las obligaciones cuyo vencimiento haya ocurrido antes de la entrada en vigencia de esta nueva medida, se deberán aplicar los regímenes de tasas que estaban vigentes durante cada uno de esos períodos. Esta decisión se ampara en las facultades otorgadas al Ministerio de Economía por la Ley N° 27591, que lo habilita a fijar estas tasas de interés. La medida fue firmada por el Ministro de Economía, Luis Andrés Caputo.
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