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Parana » Informe Digital
Fecha: 25/06/2025 11:53
La Cámara Federal de Paraná, compuesta por Beatriz Aranguren y Cintia Gómez, decidió no hacer lugar al recurso extraordinario presentado por la defensa de Carlos Luis Carvallo, invocando la causal de arbitrariedad. Sin embargo, aceptó el recurso en relación a la cuestión federal simple planteada y, en consecuencia, elevará el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Carvallo fue condenado el 18 de diciembre de 2020 por el Juzgado Federal Nº 1 de la capital provincial a doce años de prisión y a la inhabilitación absoluta por crímenes de lesa humanidad en perjuicio del docente Manuel Ramat. La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, actuando como parte querellante en el caso, había solicitado una pena de 21 años. El ex policía provincial fue acusado de cometer crímenes de lesa humanidad contra Ramat, quien era docente y sindicalista, en el centro clandestino que operó en la comisaría Nº 7 de El Brete. La sentencia tomó en cuenta las imputaciones de las partes querellantes y contextualizó los actos como crímenes en el marco del terrorismo de Estado. El tribunal también valoró los argumentos del fiscal general, quien destacó que, a pesar de que Carvallo había superado los 70 años, es fundamental considerar que el condenado estuvo prófugo durante cuatro años. Esta circunstancia sustenta la presunción de un desarraigo conductual en relación a la ejecución de la pena. Además, se hizo referencia a los compromisos del Estado argentino ante la comunidad internacional para investigar y sancionar adecuadamente a los responsables de delitos de lesa humanidad. La Cámara actuó en virtud del recurso extraordinario presentado por la defensa de Carvallo contra la resolución del 16 de mayo de 2025, que, por mayoría, no admitió el recurso de apelación y confirmó el rechazo de su solicitud de prisión domiciliaria, ordenando que permanezca en la Unidad Federal Nº 17 de Candelaria, provincia de Misiones. El 18 de junio de 2025, el expediente quedó en condiciones de ser resuelto. En cuanto a la acusación, en el caso que resultó en la condena hubo numerosos denunciantes que fueron detenidos ilegalmente en El Brete y que identificaron a Carvallo como represor en ese centro clandestino. Sin embargo, en el juicio se consideró únicamente el caso de Ramat. Ramat fue arrestado ilegalmente el 25 de septiembre de 1976 por un grupo que buscaba a su hermano, quien posteriormente fue asesinado por la dictadura cívico-militar. Fue llevado encapuchado a un centro clandestino cercano a la base aérea de Paraná, donde fue interrogado y torturado, siendo liberado posteriormente. Sin embargo, cinco días después, el 30 de septiembre, se presentó con un abogado ante la jefatura de la Policía de Paraná, acusado de violar la ley de “actividades subversivas”, y fue nuevamente detenido. Ese mismo día, Ramat fue trasladado encapuchado y en el baúl de un Ford Falcon, entre otros, a la antigua comisaría de El Brete, en Paraná, donde Carvallo actuaba como interrogador y torturador. En el sótano de dicha comisaría fue sometido a torturas. Desde El Brete, fue trasladado tres veces a una casa cercana, desde la cual se oían ruidos de aviones, donde continuaron los apremios y amenazas. Ramat pasó 45 días en esa comisaría y luego fue llevado al Escuadrón de Comunicaciones, donde también funcionaba un centro clandestino de detención. Allí estuvo encarcelado entre dos y tres semanas más, con continuos traslados y torturas en el CCD de la Base Aérea. Después, fue trasladado por el personal del Servicio Penitenciario a la Unidad Penal Nº 1, donde permaneció recluido hasta 1984. Con base en declaraciones obtenidas bajo tortura, fue sometido a un Consejo de Guerra sin derecho a defensa ni prueba, lo que resultó en una condena de 15 años de prisión, que cumplió en diferentes penalidades. Ramat recuperó la libertad en 1984 y denunció su caso en la Justicia. La causa no fue reactivada hasta 2008. Mientras tanto, Carvallo había logrado ocultarse en democracia, estudiando locución en el ISER y trabajando en diversos medios de comunicación en Misiones, donde incluso ganó premios por su labor periodística. En 2012, la difusión de una lista de agentes del Batallón 601, en la que figuraba su nombre, llevó a la reactivación del expediente. Dos años después, la Justicia Federal de Entre Ríos ordenó su captura nacional e internacional por delitos de lesa humanidad. Carvallo permaneció prófugo cuatro años hasta que fue detenido en Posadas, en la casa de su hermana. (Fuente: APFDigital)
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