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Colon » El Entre Rios
Fecha: 24/06/2025 13:30
La Cámara Federal de Paraná, integrada por Beatriz Aranguren y Cintia Gómez, resolvió no hacer lugar al recurso extraordinario deducido por la defensa de Carlos Luis Carvallo por la causal de arbitrariedad y admitió el interpuesto en cuanto a la cuestión federal simple planteada y, en consecuencia, elevar los autos a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Carvallo fue condenado por el Juzgado Federal Nº 1 de la capital provincial, el 18 de diciembre de 2020, a doce años de prisión e inhabilitación absoluta por crímenes de lesa humanidad en perjuicio del docente Manuel Ramat. La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, querellante en la causa, había pedido 21 años de prisión. El expolicía provincial fue acusado de cometer delitos de lesa humanidad en perjuicio de Ramat, docente y sindicalista, en el centro clandestino que funcionó en la comisaría Nº 7 de El Brete. La sentencia tomó la imputación de las querellas y contextualizó los hechos como crímenes en el marco del terrorismo de Estado. El tribunal valoró los argumentos del fiscal general, que en relación a que el condenado superó los 70 años, “enfatizó que debe ponderarse la circunstancia fáctica correctamente valorada por la Cámara, referida a que Carvallo si bien alcanzó la condición etaria contemplada en la ley 24.660 para la eventual procedencia de la detención domiciliaria, de las constancias de la causa surge que el nombrado permaneció cuatro años prófugo, lo que habilita a presumir su desarraigo conductual para con el trance ejecutivo de la pena firme”. También refirió que “ello se encuentra relacionado con los compromisos asumidos por el Estado argentino frente a la comunidad internacional, para la investigación y adecuada sanción de los responsables de delitos de lesa humanidad”. La Cámara intervino en virtud del recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Carvallo contra la resolución del 16 de mayo de 2025 que, por mayoría, no hizo lugar al recurso de apelación interpuesto y confirmó el rechazo de la solicitud de prisión domiciliaria, debiendo permanecer alojado en la Unidad Federal Nº 17 de Candelaria, provincia de Misiones. El 18 de junio 2025 quedaron las presentes actuaciones en estado de resolver. La acusación En la causa que terminó en condena hubo numerosos denunciantes que estuvieron detenidos de manera ilegal en El Brete y que identificaron a Carvallo como represor de ese centro clandestino. Pero en el juicio sólo se consideró el caso de Ramat. Ramat fue detenido de manera ilegal el 25 de septiembre de 1976 por una patota que buscaba a su hermano, luego asesinado por la dictadura cívico-militar. Lo llevaron encapuchado a un centro clandestino de detención cerca de la base aérea de Paraná, donde fue interrogado y torturado y, posteriormente, liberado. Cinco días después, el 30 de septiembre, debió presentarse con un abogado ante la jefatura de la Policía de Paraná, acusado de haber violado la ley de “actividades subversivas”, donde fue detenido nuevamente. El 30 de septiembre fue trasladado por un grupo de personas —entre ellas Carvallo— encapuchado y en el baúl de un Ford Falcon a la vieja comisaría de El Brete, en Paraná. Allí Carvallo oficiaba como interrogador y torturador. En el sótano de esa comisaría fue torturado. Desde El Brete lo sacaron tres veces y lo trasladaron hasta una casa —desde donde se escuchaban ruidos de aviones— para ser sometido nuevamente a apremios y amenazas. Ramat pasó 45 días en esa comisaría, hasta cuando lo llevaron al Escuadrón de Comunicaciones, donde funcionaba otro centro clandestino de detención. Ahí estuvo confinado entre dos y tres semanas más. Los traslados y las torturas continuaron en el CCD de la Base Aérea. Posteriormente fue trasladado por personal del Servicio Penitenciario a la Unidad Penal Nº 1, donde permaneció recluido hasta 1984. En base a declaraciones que le fueron arrancadas bajo tortura, fue sometido a un Consejo de Guerra sin derecho de defensa ni prueba. Lo condenaron a 15 años de prisión, que cumplió en diferentes penales. Prófugo Ramat recuperó la libertad en 1984 y denunció su caso en la Justicia. Recién en 2008 la causa se desarchivó. Carvallo había logrado camuflarse en democracia. Había estudiado locución en el ISER; trabajó en Misiones en diferentes medios de comunicación e incluso llegó a ganar premios por su labor periodística. En 2012, a partir de que se difundió una lista de agentes del Batallón 601 en la que él figuraba, el expediente empezó a reactivarse. Dos años después, la Justicia Federal de Entre Ríos ordenó la captura nacional e internacional de Carvallo por delitos de lesa humanidad. El represor estuvo prófugo cuatro años, hasta que fue detenido en Posadas, en la casa de su hermana. Fuente: APFDigital
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