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» TN corrientes
Fecha: 23/06/2025 19:58
Cristina va presa La Justicia rechazó el pedido de Cristina Kirchner para recibir visitas sin restricciones Lunes, 23 de junio de 2025 Además, la defensa de la ex presidenta presentó ante el TOF2 una lista de visitantes y pidió a los jueces que no se difunda. El Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) rechazó el planteó de Cristina Kirchner para recibir visitas sin restricciones durante su arresto domiciliario. La resolución se firmó horas después de que la defensa de la ex presidenta presentó un listado de carácter reservado de las personas que pretende que puedan ingresar a su domicilio de San José 1111. La presentación de Cristina tuvo lugar al límite del vencimiento del plazo que los jueces habían establecido para que la ex presidenta informe los nombres de familiares, médicos, custodios y abogados para determinar así el régimen de visitas durante su arresto. Pero, además, la ex mandataria había planteado que como es una “persona con vida social”, reclamaba que no se le impongan límites a las visitas que puede recibir en el departamento del barrio de Constitución, donde cumple el arresto domiciliario como consecuencia inmediata de la condena por corrupción en el caso Vialidad. Sin embargo, ese pedido fue rechazado este lunes por la Justicia. Como ese escrito se presentó el viernes que era feriado, ingresó formalmente este lunes a Comodoro Py y corren cinco días hábiles para responder al petitorio firmado por el abogado Carlos Beraldi, que sostiene que Cristina no debe tener restricciones respecto a las personas que la visitan en el departamento. La defensa pidió que el listado presentado acorde a lo requerido por el Tribunal, mantenga carácter de reservado y ratificó el reclamo de que se revoque la restricción sobre las visitas que puede recibir la ex mandataria. Desde el jueves pasado, por la tarde, Cristina Kirchner se encuentra monitoreada a través de una tobillera. Ese control no determina en qué sector de su departamento está, sino que no viole el radio impuesto que rige en el otorgamiento del beneficio de la morigeración de la pena. Pese a que en dos ocasiones se le explicó a la ex presidenta que la conducta que debe mantener es “abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes”-, el domingo Mayra Mendoza -intendente de Quilmes y dirigente de La Cámpora-, convocó a los militantes a que concurran a las inmediaciones de San José 1111 porque “saldrá al balcón en cualquier momento”. Después, convocó a un banderazo pero la propia ex mandataria pidió que se concentren en Parque Lezama y no afuera del departamento del barrio de Constitución. Cuando impuso las reglas de comportamiento para quien cumple el arresto domiciliario como consecuencia de una condena firme en un caso de corrupción, el TOF2 le ordenó a la ex mandataria que en 48 horas presente un listado de personas que apliquen a las siguientes categorías: familiares, médicos, abogados y custodios. En cumplimiento con el plazo impuesto, la defensa presentó este lunes el escrito con lo requerido por los magistrados Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu. Como contó Clarín, si Cristina desea continuar contando con el servicios de sus secretarios privados, deberá incluirlos en el listado por fuera de las categorías impuestas por el Tribunal y sólo podrán ingresar “cuando se analice lo presentado y se autorice definitivamente quiénes están autorizados a acceder al departamento" donde se cumple el arresto domiciliario. Reclamo para no tener restricciones Sin embargo, la defensa de Cristina interpuso otro escrito el viernes por la mañana del cual no desiste. Pide que se revoque el punto de la resolución que refiere a médicos, abogados, custodios y familiares. “Que cumplen su pena en un domicilio particular pueden desarrollar todas las actividades que no se encuentran prohibidas por la ley, tal como se deriva del principio de reserva que consagra el art. 19 de la Constitución Nacional”, dijo Beraldi en su presentación. Entiende la defensa que las personas que cumplen una condena "gozan de la totalidad de los derechos constitucionales cuya restricción no se deriva en forma necesaria de la pena impuesta y de la privación de la libertad ambulatoria”. En consecuencia, “más allá de la pena privativa de la libertad y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, nuestra asistida no ha perdido ninguno de los demás derechos inherentes a su condición humana, tanto civiles como políticos (más adelante también volveremos sobre esta cuestión)”. En sus redes sociales, Cristina dijo que contaba con una "vida social" que demandaba recurrentes rees, visitas no sólo de familiares y abogados, sino de dirigentes políticos, "amigos, amigas, compañeros y compañeras". Está exigiendo que todo aquello por fuera de las cuatro categorías impuestas por el TOF 2, no demande una autorización judicial. Lunes, 23 de junio de 2025
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