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  • Recusan a la vocal de Casación Adriana Badano esposa del Procurador García y al fiscal Santiago Alfieri por presunto “hostigamiento procesal” contra un defensor

    Parana » ER 24

    Fecha: 23/06/2025 14:25

    Recusan a la vocal de Casación Adriana Badano esposa del Procurador García y al fiscal Santiago Alfieri por presunto “hostigamiento procesal” contra un defensor Se trata de la vocal de la Cámara de Casación de Paraná, Marcela Badano; y del fiscal auxiliar interino, Santiago Alfieri. Los recusó Guillermo Reggiardo, que asiste al intendente de Santa Elena, Daniel Rossi. Denunció que en la audiencia del 19 de junio, el fiscal realizó expresiones “injuriosas” y la vocal expresó “con tono intimidante” un “especial interés” en que queden asentadas en actas las expresiones de la defensa. Sostuvo que ambas conductas agravan “el temor fundado de parcialidad”. Guillermo Reggiardo, en la defensa del actual intendente de Santa Elena, Daniel Rossi, recusó al fiscal auxiliar interino, Santiago Alfieri, y a la vocal de la Cámara de Casación de Paraná, Marcela Badano, por supuesto hechos ocurridos en la audiencia que se realizó el 19 de junio y estuvieron dirigidos hacia su persona. Allí, según denunció Reggiardo, el fiscal habría realizado expresiones injuriosas en su contra y la vocal, “con tono intimidante” manifestó que “tenía especial interés en que quedaran asentadas en actas las manifestaciones de esta defensa, lo cual fue dicho en un contexto que denotaba una intención de hostigamiento procesal”. PETITORIO En su presentación Reggiardo solicitó que “se tenga por interpuesta y fundada la recusación de Santiago Alfieri; se tenga por sostenida y ampliada la recusación contra Marcela Badano; se requiera y se incorpore al expediente la videograbación completa de la audiencia del 19 de junio de 2025; se tramite la presente recusación conforme a lo normado por el Código Procesal Penal; y se tenga presente la reserva federal e internacional formulada”. VIOLACIÓN El letrado entendió que “los hechos aquí expuestos configuran una violación directa de los siguientes derechos fundamentales: Derecho a la defensa técnica sin represalias ni descalificaciones personales, vulnerado al dirigirse el fiscal con expresiones degradantes hacia esta parte”; el “derecho a ser juzgado por un fiscal y un juez imparciales e independientes, quebrantado al intervenir funcionarios con hostilidad explícita, animadversión manifiesta y vínculos funcionales con partes interesadas”. También enumeró que se violó el “derecho a la igualdad ante la ley, puesto en crisis por un trato desigual y persecutorio hacia esta defensa, en contraposición al blindaje institucional del Ministerio Público”, el “derecho a una tutela judicial efectiva, vulnerado al desarrollarse el proceso bajo condiciones de intimidación, abuso de poder y distorsión de roles”. Según sostuvo en su presentación, el objeto de la recusación contra Alfieri, representante del Ministerio Público Fiscal, fue “en virtud de las expresiones descalificantes e injuriosas que profirió hacia esta defensa durante la audiencia celebrada el día 19 de junio de 2025, incompatibles con su deber de objetividad y legalidad funcional”. Asimismo, ratificó y amplió “las recusaciones oportunamente deducidas contra Badano, incorporando los nuevos hechos acontecidos en esa misma audiencia, los cuales agravan el temor fundado de parcialidad previamente denunciado”. El letrado solicitó que “se requiera la videograbación completa de dicha audiencia, a fin de preservar prueba directa de los hechos y asegurar la posibilidad de su remisión a las autoridades competentes”. CUADRO Reggiardo sostuvo que “de lo expuesto se desprende que subsiste un cuadro de incompatibilidad funcional severa, afectación del principio de objetividad del fiscal y parcialidad subjetiva de la jueza, que impide continuar el proceso con las garantías mínimas de legalidad, equidad y transparencia exigidas por la Constitución Nacional y los tratados internacionales vigentes con jerarquía superior”. LOS HECHOS Entre los “hechos nuevos – agravios y conductas incompatibles” que denunció el letrado, precisó que “durante la audiencia pública celebrada el 19 de junio, el fiscal Santiago Alfieri incurrió en manifestaciones de carácter personal y ofensivo contra esta defensa, refiriéndose a quien suscribe con términos que lo asimilaban a un personaje público asociado al lavado de activos, condenado penalmente y conocido por usurpar títulos universitarios y por su participación en maniobras delictivas de envergadura”. Reggiardo cuestionó que “dicha comparación —gratuita, agresiva y ajena al objeto del debate procesal— constituye una afrenta directa a la dignidad profesional del suscripto, así como una manifestación evidente de animosidad funcional. Estos dichos no solo resultan agraviantes, sino que además ponen en crisis el principio de objetividad que debe regir la actuación del MPF, evidenciando un posicionamiento personal incompatible con la función pública que ejerce, afectando de modo grave la legalidad del proceso”. También señaló que “en la misma audiencia Badano expresó —con tono intimidante— que tenía especial interés en que quedaran asentadas en actas las manifestaciones de esta defensa, lo cual fue dicho en un contexto que denotaba una intención de hostigamiento procesal”. En este sentido, entendió que “tal actitud se inscribe dentro de un patrón reiterado de respuestas institucionales orientadas a intimidar el legítimo ejercicio del derecho de defensa, y resulta agravada por su vínculo estrecho con uno de los principales actores denunciados en esta causa: el Procurador Jorge García”.

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