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Chajari » Noticias Chajari
Fecha: 23/06/2025 11:10
ARCA implementará a partir de julio un cambio que exime de la percepción del IVA a las compras de alimentos menores a $10 millones realizadas por consumidores finales en supermercados y comercios El 1° de julio entrará en vigor una modificación en el régimen de percepción del IVA en supermercados y comercios de alimentos, según informó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Las compras menores a $10 millones quedarán exceptuadas de la percepción del IVA si son realizadas por consumidores finales, lo que elimina la necesidad de aplicar el recargo en miles de transacciones diarias. De acuerdo con ARCA, esta medida tiene como objetivo facilitar el consumo mediante el uso de fondos no bancarizados, conocidos popularmente como “dólares del colchón”, al eliminar trabas fiscales adicionales. El criterio para determinar si se aplica o no la percepción del IVA será exclusivamente cuantitativo: el monto total de la factura debe ser inferior a $10 millones. Esto significa que el volumen de productos adquiridos no será relevante, siempre que el total de la compra no supere el umbral establecido. La resolución abarca cuatro rubros comerciales principales: supermercados mayoristas, hipermercados, supermercados minoristas y minimercados, incluyendo autoservicios. Además, se extiende a pequeños comercios como mercaditos que venden carnes, verduras y productos alimenticios combinados, lo que amplía su alcance a la mayoría de los puntos de venta de alimentos en el país. Según ARCA, esta inclusión busca beneficiar tanto a pequeños comercios como a actores de la economía informal, mejorando su competitividad y liquidez al evitar el recargo por percepción. Una de las principales novedades es que la exclusión de la percepción será automática en las operaciones que no superen el límite de $10 millones. Esto elimina la necesidad de que los clientes declaren expresamente su condición de consumidores finales, simplificando los procesos en los puntos de venta. Asimismo, los comercios ya no tendrán que analizar el perfil del comprador en cada transacción, lo que reduce la discrecionalidad y los conflictos derivados de interpretaciones subjetivas. Qué cambia con el nuevo sistema Hasta ahora, los vendedores debían presumir si un cliente no era consumidor final, lo que generaba tensiones y, en algunos casos, conflictos con los compradores. Además, el recargo por percepción, que era del 10,5% o del 5,25% según la alícuota aplicable, se calculaba sobre el total de la factura, incluyendo el propio IVA. Este sistema incentivaba prácticas como el fraccionamiento ficticio de tickets para evitar superar el límite y, con ello, el recargo. La nueva normativa elimina esta problemática al establecer un parámetro objetivo basado únicamente en el monto de la compra.
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