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La Paz » Infopaer
Fecha: 20/06/2025 05:23
El Gobierno nacional oficializó el incremento del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), estableciendo un nuevo valor de $317.800 a partir del 1° de julio. Esta decisión, publicada en la Resolución 5/2025 del Boletín Oficial, formó parte de un cronograma de aumentos progresivos iniciado anteriormente, en un contexto en el que no se logró acuerdo en el Consejo del Salario entre los actores empresariales, sindicales y el Ejecutivo. La normativa vigente estableció un mecanismo de actualización escalonada, con incrementos distribuidos en cinco tramos que comenzaron en abril y concluirán en agosto de 2025. Según el esquema oficial, el salario mínimo arribará a $322.000 en ese mes, completando así el ciclo de subas estipuladas. Este monto representa el nuevo piso legal para los trabajadores con sueldos más bajos dentro del sector formal, aunque también arrastra efectos sobre un amplio abanico de políticas públicas, prestaciones sociales y parámetros previsionales. El impacto de la suba Entre los efectos inmediatos, el ajuste repercutió en los haberes de los jubilados que integran el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Según la legislación vigente, quienes se jubilaron sin recurrir a moratorias reciben un haber equivalente al 82% del salario mínimo. No obstante, este mecanismo solo activa un pago adicional cuando el salario mínimo supera el haber jubilatorio mínimo vigente, hecho que no se dio con los valores actuales. El ajuste del salario mínimo también influyó en la prestación por desempleo. Este beneficio se calcula en base a la mejor remuneración neta de los últimos seis meses laborales y toma como tope un rango fijado entre el 50% y el 100% del SMVM, indicó Infobae. El monto de la prestación se modificó automáticamente ante cada aumento del piso salarial, permitiendo un reajuste directo para quienes transitaban situaciones de desempleo formalmente reconocidas y cumplían con los requisitos legales. A esto se sumó el impacto del nuevo salario mínimo sobre las Becas Progresar, orientadas a jóvenes en formación. El acceso a estas becas depende de un umbral de ingreso familiar, establecido en tres veces el SMVM, de modo que la actualización rediseñó el universo potencial de beneficiarios. Las asignaciones familiares y otros planes sociales también tomaron como referencia el salario mínimo para la definición de sus propios valores y criterios de acceso. Por ejemplo, las condiciones para recibir determinadas ayudas sociales incluyeron, como parámetro excluyente, no superar cierto múltiplo del SMVM como ingreso familiar. Dentro del ámbito laboral, el salario mínimo funcionó como referencia indiscutida en el piso de negociación salarial, especialmente para sectores de trabajadores no registrados, empleos informales o gremios con menor capacidad de negociación. Lista de valores previstos para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) en 2025: -Desde el 1° de abril de 2025: Mensualizados: $302.600 Por hora: $1.513 -Desde el 1° de mayo de 2025: Mensualizados: $308.200 Por hora: $1.541 -Desde el 1° de junio de 2025: Mensualizados: $313.400 Por hora: $1.567 -Desde el 1° de julio de 2025: Mensualizados: $317.800 Por hora: $1.589 -Desde el 1° de agosto de 2025: Mensualizados: $322.000 Por hora: $1.610 Gastos básicos requeridos La Resolución 5/2025, publicada en el Boletín Oficial, formalizó no solo el nuevo valor para julio sino la estructura de aumentos escalonados hasta agosto. Cada tramo, desde abril en adelante, actualizó los haberes mínimos en forma progresiva. Así, el salario mínimo pasó por distintos valores antes de llegar a los $322.000 previstos para el último tramo, estableciendo una hoja de ruta para gremios y trabajadores a lo largo de 2025. Especialistas en derecho del trabajo señalaron que, pese a la actualización oficial, el salario mínimo mantuvo un poder de compra reducido ante la canasta básica total, que según datos del INDEC superó los $850.000 en mayo de 2025 para una familia tipo. Esto significó que el nuevo monto del SMVM apenas cubrió el 37% de los gastos básicos requeridos para no caer bajo la línea de pobreza. En el caso de la prestación por desempleo, el reajuste de los montos permitió atenuar parcialmente el impacto de la inflación en los beneficiarios. Sin embargo, la dinámica inflacionaria redujo de manera progresiva la utilidad real de este mecanismo de cobertura económica ante la pérdida de empleo.
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