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  • Entre Ríos, Argentina

  • El jury destituyó a Josefina Etienot – Página Judicial

    Parana » Paginajudicial

    Fecha: 19/06/2025 14:33

    De la Redacción de Página Judicial El Jurado de Enjuiciamiento, reunido en acuerdo general, resolvió por mayoría destituir a la jueza Josefina Etienot, quien estaba al frente del Juzgado de Familia y Penal de Niños, Niñas y Adolescentes de Diamante. La magistrada había sido denunciada por violencia laboral. El cuerpo colegiado entendió que su conducta estaba incursa en los parámetros que establecen los incisos 6 y 9 del art. 15 de la Ley N° 9283 (texto conf. Ley 9513). El proceso no contó con la denuncia del procurador general, Jorge Amilcar Luciano García, que en la primera audiencia fijó su posición. El Jurado de Enjuiciamiento es presidido por la senadora provincial Gladys Domínguez, cercana al oficialismo provincial; los vocales del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Leonardo Portela, Miguel Ángel Giorgio y la vocal Gisela Schumacher; el diputado provincial de la UCR, Marcelo López; y los abogados Gonzalo García Garro y María Victoria Giménez. En el desarrollo de los fundamentos del primer voto, a cargo de la vocal Schumacher, se consideró que a lo largo de todo el desarrollo de la causa quedó demostrado que la magistrada denunciada incurrió en diversos incumplimientos de sus deberes, en las tres imputaciones que le fueran hechas en la denuncia y acusación. Sin embargo, se consideró que la causal de violencia laboral es la que debía motivar su destitución, ya que quedaron probados los hechos de violencia que fueran denunciados, pero además, aparecieron otros que, en conjunto, demuestran sin duda el ambiente violento que generó Etienot, y con él, la configuración de la causal de mal desempeño. En relación a la denuncia por una sentencia judicial emitida por la magistrada, se consideró que “no configura causal para su destitución por cuanto, a pesar de errada, no deja de ser una decisión judicial, insuceptible de “revisión” por este órgano encargado de evaluar la responsabilidad política de la magistrada”. En esta imputación, Giménez fijó su disidencia por entender que también debía ser motivo de destitución de Etienot. El jurado sostuvo que el desempeño idóneo de un/a magistrado/a requiere de la buena conducta y del buen desempeño en el cargo juramentado, dado que, como sucedió en el caso, “ la jueza no se comportó según su dignidad, ejecutando actos que demuestran una incapacidad para sostenerse en el cargo para el cual fuera designada, no merece continuar en el mismo por haber perdido la aptitud para ostentar el poder confiado”. También se estableció que durante las audiencias del juicio se arribó a contundentes conclusiones sobre el ejercicio de violencia sistemática sobre al menos siete víctimas y con 18 hechos constatados. Esto se valoró en el marco de la desigual relación de poder, entre víctimas y victimaria, y el fuerte impacto emocional en esas personas, así como en el servicio de justicia, y en trámites de personas vulnerables ante su juzgado. En otro sentido, se tuvo en cuenta que para violentar a sus víctimas, Etienot se valió de recursos públicos, lo que agravó su situación. La disidencia la firmó Giorgio, quien votó por la absolución, al considerar que “la falta de acusación del procurador constituye un obstáculo insalvable para que este Jurado pueda arribar al dictado de una resolución destitutoria, de conformidad con la posición que asumí en el precedente “Rossi, Carlos Alfredo -Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la ciudad de Gualeguaychú- denuncia en su contra formulada por el senador provincial, Mattiauda, Nicolás Alejandro y por el diputado provincial, La Madrid, Joaquín y acumulados”. JOSEFINA ETIENOT – Jurado de Enjuiciamiento by Página Judicial

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