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Parana » APF
Fecha: 18/06/2025 18:30
La decisión la adoptó este miércoles el juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Juan Malvasio, que rechazó el recurso de apelación de un condenado por el delito de Homicidio simple y ratificó la sentencia de la jueza del Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, Cecilia Bértora. Si bien se consideró el fin resocializador de la pena, sostenido entre otras situaciones en el contacto con la familia, en este caso se privilegió la seguridad del interno y su entorno en e miércoles 18 de junio de 2025 | 17:47hs. La defensa de EOD, que fue condenado por el delito de Homicidio simple, apeló la resolución del 27 de mayo de 2025 de la jueza de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Paraná, Cecilia Bértora, que dispuso el traslado del interno que estaba alojado desde hace dos meses en la Unidad Penal Nº1 de Paraná, derivado de la Unidad Penal Nº5 de Victoria, a la Unidad Penal Nº8 de Federal de forma definitiva. La defensa solicitó que no se lo traslade a Federal y el fiscal de ejecución de penas se opuso por los problemas de conducta del apelante. Tras escuchar a las partes, el juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Juan Malvasio, dispuso rechazar el recurso de apelación de la defensa y ratificó la sentencia de la jueza de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Paraná, Cecilia Bértora, que el 27 de mayo de 2025 dispuso el traslado del interno EOD a la Unidad Penal Nº8 de Federal. El juez sostuvo que la resolución de la jueza estuvo “fundada correctamente” y el traslado se dispuso “exclusivamente en los problemas de convivencia del apelante con el resto de los internos”. Pedidos La defensa solicitó que no se lo traslade a Federal y que se lo haga de manera definitiva a Paraná. Apeló al fin resocializador de la pena; indicó que la familia en Paraná está cerca y lo puede visitar; precisó que se casó hace poco y es padre de un bebé de un año; que la pareja trabaja y no puede, en caso de confirmarse el traslado, viajar para visitarlo porque el penal queda a unos 300 kilómetros de distancia. También agregó que las condiciones de vida de la familia son muy precarias. Destacó que aislarlo de la familia es contraproducente con el fin resocializador de la pena y refirió a que los internos del pabellón en el que está alojado en Paraná firmaron un petitorio que fue presentado a la jueza de ejecución para que considere no trasladarlo puesto que mantiene una buena convivencia con el resto de los internos. El fiscal de ejecución, se opuso no sin dejar de coincidir con la defensa en el fin resocializador y no para castigo de la pena. Sin embargo indicó que la defensa omitió referir al motivo de la decisión de la jueza. Así, añadió que no es una oposición “antojadiza” y precisó que fue por la conducta reñida con las normas del Régimen de la Ejecución de la Pena que motivaron que realizara “un raid” por distintos penales de la provincia. El fiscal recordó que en 2022 se decidió el traslado desde la Unidad Penal Nº1 a la Nº5 de Vicotoria, desde donde fue trasladado a Paraná nuevamente hace dos meses. El funcionario refirió que EOD no cumplió con el “acatamiento a las normas que impone la pena privativa de la libertad”. Añadió que los traslados se sostuvieron en proteger la integridad física y mental del recluso y del resto de la población carcelaria que compartía espació con él. El fiscal reconoció que el Régimen de Ejecución de la Pena dista de ser el “ideal” pero entendió que los reclusos deben allanarse a las normas que lo determinan, lo que destacó no sucedió en el caso del apelante. Respecto del cupo para concretar el traslado, el fiscal aclaró que el Servicio Penitenciario es el que lo dispone. Finalmente dejó abierta la posibilidad de que se arbitren traslados a Paraná para que no pierda contacto con la familia. (APFDigital)
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