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  • Urribarri sufre otro golpe en la causa coimas: juez deniega su solicitud de sobreseimiento

    Parana » Informe Digital

    Fecha: 17/06/2025 16:11

    [ El juez de Garantías Julián Vergara rechazó la solicitud de sobreseimiento presentada por el exgobernador Sergio Urribarri y el empresario Diego Armando Cardona Herreros en el caso que investiga la supuesta percepción de sobornos durante el gobierno de Urribarri. Esta investigación fue remitida a juicio el pasado jueves 5, y el extitular del Poder Ejecutivo enfrenta una petición de condena de diez años de prisión. En su resolución, el magistrado afirmó que “no resulta procedente el recurso de apelación interpuesto por los defensores de los imputados Sergio D. Urribarri, Diego A. Cardona Herreros, Miguel A. Ulrich, Carlos M. Haidar, Luis A. Erbes y Guillermo Smaldone contra la decisión que denegó el sobreseimiento, ya que esta no se encuentra contemplada entre los supuestos expresamente previstos por el procedimiento para la procedencia del recurso ni en las decisiones que se consideran apelables”. El juez recordó que la ley “habilita el recurso de apelación, pero respecto del sobreseimiento ‘concedido’ y ‘no el denegado’. Esta postura fue respaldada por la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay en el caso ‘Cuesta, Hugo Tomás s/ Abuso de Autoridad’, donde se indicó: ‘Con la simple lectura del artículo 399 del CPP se aclara que sólo es apelable por parte del fiscal y el querellante la resolución que otorga el sobreseimiento, mientras que el imputado puede apelar cuando no se ha respetado el orden establecido en el artículo 397 o se le hubiera impuesto al sobreseído una medida de seguridad, o no se había aclarado, al dictarlo, que el proceso no afectaba el buen nombre y honor del imputado’.” Vergara sostuvo que “el Código Procesal local establece de manera tajante que la denegatoria del pedido de sobreseimiento no es apelable”. Además, agregó que “tampoco es apelable la resolución que deniega el sobreseimiento, ya que esta no ocasiona un gravamen irreparable, dado que la decisión de que el imputado permanezca bajo investigación es parte de la garantía constitucional del juicio previo”. Los defensores también apelaron la resolución emitida el 5 de junio, argumentando que esta les genera un “gravamen irreparable” al no considerarse la nulidad y exclusión de la evidencia presentada por el Ministerio Público Fiscal, ya que a su juicio, la incorporación al legajo se realizó en violación de las leyes, cuestionando especialmente la admisión de la prueba digital y/o electrónica, así como la inclusión de testimonios claramente condicionados, ambos presentados por la Fiscalía. “En este sentido –manifestó el juez–, adelanto que el recurso de apelación también debe ser rechazado por inadmisible, dado que lo resuelto el 05/06/25 y la aceptación de la evidencia probatoria ofrecida por el Ministerio Público Fiscal, que fue cuestionada por los defensores, no ocasiona un gravamen irreparable que justifique la admisión del recurso de apelación”. Por otro lado, el juez sí hizo lugar a un recurso de apelación interpuesto por el exministro de Trabajo, Guillermo Smaldone, quien ejerce su propia defensa. Este recurso impugnó la decisión de Vergara que resolvió “no admitir una serie de pruebas propuestas por el mencionado letrado en el marco de su defensa, ya sea en el escrito de contestación (oposición) al requerimiento fiscal de elevación a juicio”.

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