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  • Un tanque en contramano – Página Judicial

    Parana » Paginajudicial

    Fecha: 17/06/2025 11:33

    El hecho parece extraído de una ficción: un vehículo de combate embistió a un automóvil en el que se encontraba una pareja con su beba en un paseo de domingo en Concepción del Uruguay. El vehículo quedó completamente destruido y ocho años después la justicia condenó al Estado a indemnizar a los afectados. Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial No hay metáfora: un tanque de guerra, que era remolcado en contramano, se soltó y terminó embistiendo a un automóvil que intentaba sortear una rotonda en la costanera de Concepción del Uruguay, destruyéndolo. Sin lesionados graves, de milagro. El contexto era un desfile militar, el primero desde el retorno de la democracia. Año 2016. Un desfile militar no es un hecho cualquiera en la Argentina. Es cierto que forma parte de una larga tradición, pero es obvio por qué no se realizaban desde 1983: había ocurrido la peor tragedia de la historia argentina. Es difícil entender la razón de los desfiles militares, más allá del simbolismo anacrónico, después de la dictadura, de la represión ilegal de la década del setenta. Cualesquiera que hayan sido, aquel 29 de mayo el Ejército salió a festejar su día con los tanques en la calle; y la demostración terminó mal porque un tanque de guerra embistió a un automóvil, provocó heridas a una mujer y cerca estuvo de ser una tragedia. Ocho años después la justicia condenó al Estado a indemnizar a la familia afectada, debiendo abonar el monto del valor total del automóvil siniestrado, más lucro cesante y demás perjuicios ocasionados. Aquel día los hechos se precipitaron alrededor de las ocho de la noche, cuando el automóvil en el que paseaba una familia por la zona del Balneario Itapé de Concepción del Uruguay se encontró de frente con un tanque de guerra remolcando a otro, circulando en contramano. Tras la sorpresa inicial, el conductor hizo a un lado el automóvil, un Ford Escort, para permitir la maniobrabilidad de los tanques. Pasó el primero de ellos, pero imprevistamente se cortó el cable de acero y tanque remolcado se lanzó descontrolado contra el vehículo, impactándolo sobre el lateral izquierdo con sus tres ocupantes dentro: el conductor, su pareja que iba en el asiento del acompañante, y la hija de ambos, de nueve meses, en la sillita reglamentaria. La violencia del impacto fue tal que la línea del automóvil se desplazó treinta centímetros hacia dentro desde el eje normal del parante; la butaca del conductor se deslizó hacia el centro del vehículo, corriendo el eje junto al freno de mano; lo mismo ocurrió con el asiento del acompañante, lo que provocó en la mujer un corte en una pierna, a la altura de la rodilla. Nadie más resultó lesionado. El Ford Escort terminó con las cuatro ruedas sobre la vereda, incrustado contra un alambrado; y el tanque se deslizó hasta quedar apoyado sobre el lateral izquierdo del automóvil que, literalmente, no sirvió más. Así las cosas, e increíblemente, la respuesta del Ejército Argentino fue deslindar su responsabilidad. Los tanques circulaban en contramano, contraviniendo, por supuesto, la Ley Nacional de Tránsito, pero los conductores de ambas orugas descargaron culpas en quien manejaba el automóvil, a quien acusaron de haber tenido una conducción “negligente” y que, si no hubiese desobedecido las señales de los militares que intentaban ordenar el tránsito, el accidente no se hubiese producido; de modo que es, a su criterio, claro, “el único responsable del lamentable suceso” era el hombre que paseaba con su familia. Tampoco en ese descargo hay metáfora. Los tribunales, sin embargo, dejaron en claro que “el accidente fue exclusiva responsabilidad de los Tanques Argentinos Medianos (TAM), remolcador y remolcado y que (el conductor del automóvil) se limitó a cumplir las órdenes de la autoridad al orillarse para permitir el paso de los vehículos oficiales”. De hecho, el Ejército, contrariamente a la postura de sus abogados en el expediente, impuso sanciones a los conductores de los tanques por su accionar negligente; y ahora, además, deberá indemnizar a la familia afectada. Tanque en Contramano by Página Judicial

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